SAP Alicante 5/2009, 8 de Enero de 2009

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2009:335
Número de Recurso466/2008
Número de Resolución5/2009
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

Rollo de apelación nº 466/2008.-Juzgado de Primera Instancia nº Dos

de San Vicente del Raspeig.

Procedimiento Juicio Verbal nº 386/2007.-SENTENCIA Nº 5

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José María Rives Seva.

Doña María Dolores López Garre.

En la Ciudad de Alicante a ocho de enero de dos mil nueve.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 466/08 los autos de Juicio Verbal nº 386/07 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de la ciudad de San Vicente del Raspeig en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandante DON Juan Antonio que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña Begoña Santana Oliver y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Pedro Jesús Vázquez Jaén y siendo apelado la parte demandada entidad BRAVO MEDITERRÁNEA S.L. representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña María Fernanda Gallego Arias y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Francisco Vicente Orovay Gimeno.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de la Ciudad de San Vicente del Raspeig y en los autos de Juicio Verbal nº 386/07 en fecha 18 de marzo de 2008 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que debo desestimar y desestimo integramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Santa na Oliver , en nombre y representación de don Juan Antonio , contra la entidad " Bravo Mediterránea S.L. . Se imponen a la parte actora las costas procesales causadas".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandante siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con traslado del mismo a la parte demandada por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 466/08 .

Tercero

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 18 de diciembre de 2008 y siendo ponente el Iltmo. Sr. Don José María Rives Seva.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Como ha tenido ocasión de manifestar esta Sala en sentencias de 6 de noviembre de 2001, 16 de mayo de 2002, 3 de febrero y 17 de marzo de 2003, 9 de febrero de 2004, y 2 de julio de 2007 , entre otras, indica el artículo 250 nº 1 apartado 4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero , que se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas que pretendan la tutela sumaria de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ella o perturbado en su disfrute. Estas acciones sumarias posesorias de retener y de recobrar, con la finalidad de contribuir a la paz jurídica proscribiendo toda clase de vías de hecho, persiguen dar efectividad a las consecuencias que emanan de las directrices contenidas en los artículos 441 y 446 del Código Civil , protegiendo, en consecuencia, la posesión que pueda ostentarse o disfrutarse sobre una cosa o sobre el ejercicio de un derecho normalmente de naturaleza real, posesión entendida como situación de hecho y por ello con independencia del título que pueda legitimar en su caso tal posesión, y frente a los actos que, realizados por...

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