ATS, 3 de Febrero de 2009

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2009:1308A
Número de Recurso370/2006
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

En la Villa de Madrid, a tres de Febrero de dos mil nueve

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DOÑA Amelia y DON Arturo se han interpuesto recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 21 de octubre de 2005 , y completada por Auto de 19 de diciembre de 2005, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7ª ) en el rollo de apelación nº 630/2005, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 476/2004 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Valencia.

  2. - Habiéndose tenido por interpuestos los recursos, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes con fecha 9 de febrero de 2006.

  3. - Formado el presente rollo, por el Procurador Sr. Martínez Ostenero se ha presentado escrito con fecha 22 de febrero de 2006, en nombre y representación de DOÑA Amelia y DON Arturo , personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, por la Procuradora Sra. García-Valenzuela Pérez se ha presentado escrito con fecha 20 de febrero de 2006, en nombre y representación de "ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", personándose en concepto de parte recurrida. Asimismo, por la Procuradora Sra. Pereda Gil se ha presentado escrito con fecha 23 de febrero de 2006, en nombre y representación de DON Miguel Ángel , personándose como parte recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de DOÑA Amelia y DON Arturo , al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2,2º LEC 2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 469, 470.1 y 2, 471, 479.1 y 3 y 481 de la misma Ley procesal, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 de la LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ente esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalicen su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de DOÑA Amelia y DON Arturo contra la Sentencia dictada, en fecha 21 de octubre de 2005 , y completada por Auto de 19 de diciembre de 2005, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7ª ) en el rollo de apelación nº 630/2005, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 476/2004 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Valencia.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalicen su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

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