ATS, 3 de Febrero de 2009
Ponente | JOSE ALMAGRO NOSETE |
ECLI | ES:TS:2009:1306A |
Número de Recurso | 1914/2006 |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2009 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
En la Villa de Madrid, a tres de Febrero de dos mil nueve
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- Por la representación procesal de D. Eduardo y D. Pedro Francisco , con fecha 9 de octubre de
2006, se ha interpuesto recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de junio de 2006 , aclarada por Auto de 18 de julio de 2006, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª ), en el rollo nº 417/2005 dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 19/2001, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Reus.
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- Por Providencia de fecha 19 de octubre de 2006 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.
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- La Procuradora Dª Mónica Paloma Fuente Delgado, en nombre y representación de D. Eduardo y
D. Pedro Francisco , presentó escrito ante esta Sala con fecha 24 de octubre de 2006 , personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora Dª Mª del Pilar Pérez Calvo en nombre y representación de D. Luis Andrés y D. Miguel , presentó escrito ante esta Sala con fecha 15 de noviembre de 2006 , personándose en calidad de parte recurrida.
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- Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación, y interpuestos por la representación procesal de D. Eduardo y D. Pedro Francisco , al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR
INFRACCION PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D. Eduardo y D. Pedro Francisco , contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de junio de 2006 , aclarada por Auto de 18 de julio de 2006, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª ), en el rollo nº 417/2005 dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 19/2001, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Reus.
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) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.