SAP Asturias 250/2008, 4 de Septiembre de 2008
Ponente | JOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APO:2008:1432 |
Número de Recurso | 13/2008 |
Número de Resolución | 250/2008 |
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 250/08
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000013 /2008
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Jaime Riaza García
D. Javier Antón Guijarro
En Oviedo a, cuatro de Septiembre de dos mil ocho.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000889 /2006, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de AVILES, Rollo 0000013
/2008 , entre partes, como Apelante D. Rodrigo , y como Apelado D. Víctor representado por el Procurador de los Tribunales Dª. MARIA DOLORES SANCHEZ MENENDEZ, y bajo la dirección
letrada de Dª. SUSANA FERNANDEZ IGLESIAS.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 27-09-07 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dª NURIA ARNÁIZ LLANA, en nombre y representación de D. Víctor contra D. Rodrigo , debo condenar y condeno al demandado al pago de la cantidad de 6.000 euros en concepto dearras penitenciales duplicadas por su desistimiento como vendedor en la compraventa, más los intereses especificados en el fundamento tercero de esta resolución, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada."
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada D. Rodrigo , que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 4-09-08, quedando los autos para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don José Ignacio Álvarez Sánchez.
Se formula el presente recurso de apelación frente a la sentencia de 27 de Septiembre de 2007, dictada por el titular del Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Avilés , la cual estimó íntegramente la demanda y condenó al demandado a pagar a la actora 6000 euros en concepto de arras penitenciales al no haber formalizado la compraventa de una vivienda de su propiedad cuya gestión había encomendado a la entidad INMOGARCÍA, S.L. Gestión Inmobiliaria.
El demandado y apelante reconoce que comunicó a la Agencia Inmobiliaria antes indicada su decisión de poner en venta el local de su propiedad, pero afirma que no firmó con ella ninguna cláusula de exclusiva ni le autorizó a dar o recibir arras de posibles compradores, pues lo que hizo fue acudir a varias Agencias para que le buscasen un comprador, en la creencia de que sería éste quien abonaría a aquélla la comisión correspondiente. Lo cierto es que la prueba practicada en los autos no acredita la existencia de...
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