AAP Cáceres 67/2009, 1 de Abril de 2009
Ponente | SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA |
ECLI | ES:APCC:2009:182A |
Número de Recurso | 97/2009 |
Número de Resolución | 67/2009 |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CACERES
AUTO: 00067/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
CACERES
Sección 001
Domicilio : AVD. DE LA HISPANIDAD S/N
Telf : 927620308/927620309
Fax : 927620315
Modelo : AUR00
N.I.G.: 10037 37 1 2009 0100050
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000097 /2009 A
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de TRUJILLO
Procedimiento de origen : EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000250 /2008
P. APELANTE : Adrian
Procurador/a :
Letrado/a : FRANCISCO JAVIER CARBAJO REDONDO
P. APELADA : Desiderio , Manuela
Procurador/a : CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ
Letrado/a : PEDRO LUIS MENDEZ-BENEGASSI SANZ
A U T O NÚM.- 67/09
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE:
DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA
MAGISTRADOS:
DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO
Rollo de Apelación núm.- 97/09
Autos núm.- 250/08
Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Trujillo En la Ciudad de Cáceres a uno de abril de dos mil nueve.
Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Ejecución de Título Judicial núm.- 97/09, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Trujillo, siendo parte apelante, la parte ejecutada DON Adrian , no comparecido en esta alzada, estando representado en la instancia por el Procurador los Tribunales Sr. Alvarado Castuera, y defendido por el Letrado Sr. Carbajo Redondo, y como parte apelada, la parte ejecutante DOÑA Manuela , representado en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sr. Avís Rol y en la presente alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Leal López, y defendido por el Letrado Sr. Méndez-Benegassi Sanz.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Trujillo, en los Autos núm.- 250/08 con fecha
21 de noviembre de 2008 , se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"SE DESESTIMA LA OPOSICIÓN POR DEFECTOS PROCESALES, formulada por el Procurador Sr./Sra. JUAN CARLOS ALVARADO CASTUERA, en nombre y representación de Adrian , acordando seguir adelante la ejecución en los términos ya acordados.
Se imponen a la parte ejecutada las costas causadas en la oposición por motivo procesales." (Sic)
Frente a la anterior resolución y por la parte ejecutada, se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal.
Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte ejecutada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso de apelación, por la representación de la parte ejecutante, se remitieron los autos originales a esta Audiencia Provincial previo emplazamiento de las partes por término de 30 días de conformidad con lo establecido en el art. 463.1 de la L.E.C., reformado por Ley 22/2003 de 9 de julio, Concursal .
Recibidos los autos en esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial, se procedió a incoar el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia; habiéndose evacuado el trámite de emplazamiento conferido a las partes, no habiéndose propuesto prueba, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día 31 de marzo de 2009, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.
Se aceptan los de la resolución de instancia y;
En el caso que nos ocupa el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Trujillo, dicta Auto de fecha 24 de septiembre de 2008 , por el que se despacha ejecución...
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