AAP Salamanca 207/2017, 30 de Mayo de 2017
ECLI | ES:APSA:2017:213A |
Número de Recurso | 164/2017 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 207/2017 |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SALAMANCA
AUTO: 00207/2017
AUD. PROVINCIAL SECCION N. 1 de SALAMANCA
- GRAN VIA, 37-39
Teléfono: 923.12.67.20
Equipo/usuario: 2
Modelo: 662000
N.I.G.: 37274 43 2 2017 0001967
RT APELACION AUTOS 0000164 /2017
Delito/falta: DELITOS SOCIETARIOS
Recurrente: Mateo
Procurador/a: D/Dª TERESA MARIA FERNANDEZ DE LA MELA MUÑOZ Abogado/a: D/Dª TOMAS MARTINEZ PEÑA
Recurrido:
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
AUTO ========================================================== ILMOS./AS. SRES./SRAS
Presidente/a
D. JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
Magistrados
Dña. MARIA DEL CARMEN BORJABAD GARCIA
D. EUGENIO RUBIO GARCIA
==========================================================
En SALAMANCA, a treinta de mayo de dos mil diecisiete.
Con fecha 5 de abril de 2.017, por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de Salamanca, y en las Diligencias Previas núm. 479/17, se dictó resolución cuya parte dispositiva es como sigue: DISPONGO: NO HABER LUGAR A ADMITIR A TRÁMITE LA QUERELLA presentada por la Procuradora Dª María Teresa Fernández De La Mela Muños, en nombre y representación de Mateo, decretando el ARCHIVO de las presentes actuaciones, por haber sido interpuesta ante Órgano Judicial incompetente, sin perjuicio del derecho de la parte querellante a volver a interponer la Querella ante el Órgano Judicial competente (Juzgados de Instrucción de PONFERRADA).
Firme que sea la presente resolución, ARCHÍVENSE LAS ACTUACIONES, previas las anotaciones oportunas en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, así como a quienes pudiere causar perjuicio, haciéndoles saber que frente a la misma cabe ejercitar RECURSO DE APELACIÓN del que conocerá la Iltma. Audiencia Provincial de Salamanca, el cual ha de presentarse en este mismo Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS desde su notificación ( artículo 313, párrafo segundo, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ). Segundo.- Contra referido Auto se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Dña. Mª Teresa Fernández de la Mela Muñoz en nombre y representación de Mateo, dándose traslado de referido escrito a las demás partes personadas, se elevó testimonio de particulares a la Audiencia Provincial para dictar resolución, registrándose al Rollo núm. 164/17 y pasando las actuaciones a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Dña. MARIA DEL CARMEN BORJABAD GARCIA.
El auto de fecha 5 de abril de 2.017, dictado por el Magistrado Juez de Instrucción nº 2 de esta Ciudad, en Diligencias Previas nº 479/2.017 que decide: no haber lugar a admitir a trámite la querella presentada por la Procuradora María Teresa Fernández de la Mela Muñoz, en nombre y representación...
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