SAP Cáceres 156/2017, 16 de Mayo de 2017
ECLI | ES:APCC:2017:381 |
Número de Recurso | 475/2017 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 156/2017 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
CACERES
SENTENCIA: 00156/2017
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
AVDA. DE LA HISPANIDAD S/N
Teléfono: 927620339
Equipo/usuario: MDH
Modelo: 213100
N.I.G.: 10195 41 2 2015 0005722
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000475 /2017
Delito/falta: HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA
Recurrente: ALLIANZ CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, Blas
Procurador/a: D/Dª JUAN CARLOS AVIS ROL, JUAN CARLOS AVIS ROL
Abogado/a: D/Dª JUAN CARLOS MARIÑO ROMERO, JUAN CARLOS MARIÑO ROMERO
Recurrido: Saturnino, Carlos Alberto, Esperanza
Procurador/a: D/Dª MARIA BLANCA AVILA CID, MARIA BLANCA AVILA CID, MARIA BLANCA AVILA CID
Abogado/a: D/Dª JOSE LUIS ROBLES SANCHEZ, JOSE LUIS ROBLES SANCHEZ, JOSE LUIS ROBLES SANCHEZ
SENTENCIA NÚM. 156/17
ILTMOS SRES.:
PRESIDENTE:
DOÑA Mª FÉLIX TENA ARAGÓN
MAGISTRADOS
DON VALENTÍN PÉREZ APARICIO
DON JESÚS MARÍA GÓMEZ FLORES
DOÑA JULIA DOMINGUEZ DOMÍNGUEZ
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ROLLO Nº: 475/2017
JUICIO ORAL: 183/2016
JUZGADO: Juzgado de lo Penal nº 2 de Cáceres
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En Cáceres, a dieciséis de mayo de dos mil diecisiete.
ANT ECEDENTES DE HECHOS
Que por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres, en el procedimiento reseñado al margen seguido por un delito de HOMICIDIO IMPRUDENTE, contra Blas, se dictó Sentencia de fecha 5 de diciembre de 2016, cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS:" misma venía circulando el ciclomotor matrícula X .... TFR, en dirección al Polígono industrial, por lo que acabó por impactar contra el mismo, lo que provocó la caída de su conductor, Eutimio, al suelo; que como consecuencia del golpe sufrió un politraumatismo que, a la postre, le provocó el fallecimiento por disfunción multiorgánica, el 20 de Enero de 2015, a las 14:00 horas. El fallecido, que contaba con 66 años de edad, cobraba una pensión por jubilación de 23.88820 euros, convivía con su esposa, Esperanza, de 62 años de edad, y dejó un hijo de 35 años y otro de 41. La compañía de seguros "Allianz" consignó judicialmente, el día 17 de junio de 2015, la cantidad total de 105.44892 euros, conforme al siguiente desglose: 86.27240 euros para la esposa y 9.58626 euros, para cada uno de los dos hijos. FALLO: " PRIMERO: Que debo condenar y condeno, por conformidad, a Blas como autor criminalmente responsable de un delito de HOMICIDIO CAUSADO POR IMPRUDENCIA ME NO S GRAVE, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, de nueve meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, con una responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por plazo de doce meses; así como al pago de las costas del presente procedimiento. SEGUNDO: Blas INDEMNIZARÁ, conjunta y solidariamente con la aseguradora "Allianz" en concepto de responsabilidad civil y como responsables civiles directos, a Esperanza en las cantidades de 86.27640 euros, como indemnización básica, de 7.16094 euros, por factor de corrección y de 30.240 euros, por lucro cesante, lo que, suponen, 123.67734 euros, en total y a Saturnino y Carlos Alberto en la cuantía de 9.58626 euros, a cada uno de ellos; y todo ello con aplicación, en su caso, de los correspondientes intereses legales, computados en forma ordinaria frente al criminalmente responsable y en la manera prevista en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro frente a la aseguradora. euros, por factor de corrección y de 30.240 euros, por lucro cesante, lo que, suponen, 123.67734 euros, en total y a Saturnino y Carlos Alberto en la cuantía de 9.586 26 euros, a cada uno de ellos; y todo ello con aplicación, en su caso, de los correspondientes intereses legales, computados en forma ordinaria frente al criminalmente responsable y en la manera prevista en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro frente a la aseguradora. Posteriormente, y en fecha 30 de enero de 2017 se dictó Auto de aclaración en virtud del cual el Juzgado de lo Penal acordó "corregir el equívoco padecido en el dictado de la Sentencia nº 312/2016, de fecha 5 de diciembre, recaída en estos autos, en el sentido de incrementar en 795,65 euros, para cada hijo, la indemnización decretada a su favor en dicha resolución por aplicación del factor de corrección no controvertido del 8,30%" .
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la representación de ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. y Blas, que fue admitido en ambos efectos, y transcurrido el periodo de instrucción y alegaciones de conformidad con lo establecido en la L.E.Cr., se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial.
Recibidas que fueron las actuaciones se formó el correspondiente rollo, con el oficio misivo por cabeza, registrándose con el número que consta en cabecera, se acusó recibo y se turnaron de ponencia, y de conformidad con lo establecido en el art. 792.1 de la L.E. Cr . Pasaron las actuaciones a la Sala para examen de las mismas y dictar la oportuna resolución, señalándose votación y fallo para el día 8 de mayo de 2017.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JESÚS MARÍA GÓMEZ FLORES.
La Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres, de 5 de diciembre de 2016, acogió, en materia penal, la conformidad alcanzada entre las partes, de modo que el acusado Blas fue condenado como autor responsable de un delito de homicidio causado por imprudencia menos grave. No obstante lo anterior, sí existió controversia y debate en materia civil, y muy específicamente en lo que se refiere
al concepto del lucro cesante, que había sido reclamado por la perjudicada, viuda del fallecido en el accidente de tráfico objeto del procedimiento y que finalmente le fue reconocido en la instancia. Es precisamente ello lo que resulta combatido en su recurso por la representación procesal de ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. y del acusado Blas, que postulan que la inclusión de dicha partida en el montante de la indemnización, para cuyo cálculo se habían seguido los parámetros fijados por el llamado "Baremo", esto es, el sistema de valoración de daños personales causados a las víctimas de accidentes de circulación recogido como anexo de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor, no resultaba procedente. Concretamente, en la Sentencia, el Juzgador a quo argumentaba que la filosofía de la Ley anteriormente mencionada no es otra (art. 1.2 ) que la de procurar la reparación "de los daños y perjuicios causados a las personas, comprensivos del valor de la pérdida sufrida y de la ganancia que hayan dejado de obtener, previsibles o que conocidamente se deriven del hecho generador, incluyendo los daños morales" . Con tales premisas, venía a decirse que el referido sistema permitía la satisfacción del " lucro cesante ", al que en este caso tendría derecho la esposa del finado, teniendo en cuenta la pérdida de ganancia experimentada por la misma a raíz del fallecimiento de su marido por cuanto ya no aportaría más ingresos a la unidad familiar, debiendo tomarse como referencia la previsión de años de vida que razonablemente pudieran quedarle a aquél, a cuyo efecto, la Sentencia partía del " hecho notorio", de que, "la esperanza de vida del español (de sexo masculino) medio se sitúa en 80 años". Para los apelantes, el Juzgador incurre sin embargo en error al declarar la compatibilidad de las indemnizaciones por incapacidad permanente y fallecimiento y las correspondientes al lucro cesante, entendiendo por el contrario que en la Tabla II ( e igualmente, con estructura y contenido casi idénticos, en las Tablas IV y V), se contempla un factor de corrección por perjuicios económicos (porcentaje mínimo y máximo de aumento sobre la indemnización básica respecto de cada tramo en que se fijan los ingresos...
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