SAP Valladolid 124/2017, 16 de Mayo de 2017

ECLIES:APVA:2017:639
Número de Recurso377/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución124/2017
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00124/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de VALLADOLID

Domicilio: C/ ANGUSTIAS S/N

Telf: 983 413475 Fax: 983 253828

Equipo/usuario: A37

odelo: SE0200

N.I.G.: 47085 41 2 2016 0000005

ROLLO: RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000377 /2017

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de VALLADOLID

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000273 /2016

RECURRENTE: Urbano

Procurador/a: GLORIA MARIA CALDERON DUQUE

Abogado/a: JULIAN RODRIGUEZ SANTIAGO

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Abogado/a:

Recurso de apelación: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000377 /2017

Procedimiento Abreviado: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000273 /2016

Juzgado de origen: JDO. DE LO PENAL N. 1 de VALLADOLID

SENTENCIA Nº 124/17

Ilmos. Sres. Magistrados

D. FELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ

D. FERNANDO PIZARRO GARCIA

D. MIGUEL DONIS CARRACEDO

En VALLADOLID, a dieciséis de mayo de dos mil diecisiete.

La Audiencia Provincial, Sección 2ª de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del PA 273/16 del JDO. DE LO PENAL nº 1 de VALLADOLID, por delito de robo con fuerza en las cosas, seguido contra Urbano, siendo partes, como apelante citado acusado, defendido por el Letrado Sr. RODRIGUEZ SANTIAGO y representado por la Procuradora Sra. CALDERON DUQUE y, como apelado el MINISTERIO FISCAL, habiendo sido Ponente el Magistrado Ilmo. D. MIGUEL DONIS CARRACEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Juez del Juzgado de lo Penal nº1 de VALLADOLID, con fecha 20.03.17 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos:

El día 30 de Diciembre de 2015, alrededor de las una horas, Urbano, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, utilizando un destornillador rompió el tapón del combustible del camión marca Man, modelo 1964F, con matrícula UX-....-U, propiedad de Agapito que estaba aparcado en la estación de servicio de Repsol, sita en el carretera de Peñaranda s/n, de Medina del Campo, e introduciendo una goma en el depósito comenzó a extraer combustible que introdujo en unas garrafas, siendo sorprendido en ese momento por policías que estaban realizando una vigilancia y recuperaron en las inmediaciones las garrafas con el combustible extraído. Los desperfectos causados en el tapón del depósito del combustible se han tasado pericialmente en 18'83 euros.

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

"Que debo condenar y condeno a Urbano, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, previsto y penado en los artículos 237, 238.2 º, 240, 16 y 62 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de SIETE MESES DE PRISIÓN, CON PRIVACIÓN DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, y al pago de las costas procesales. Urbano deberá indemnizar a Agapito en la cantidad de 18'83 euros que devengará el interés previsto en el artículo 576 de la LEC ."

TERCERO

Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de Urbano, que fue admitido en ambos efectos y practicadas las diligencias oportunas fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no habiéndose propuesto diligencias probatorias, al estimar la Sala que no era necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia, previa deliberación.

CUARTO

Como fundamentos de impugnación de la sentencia, se alegaron sustancialmente los siguientes:

- Error en la apreciación de las pruebas

- Infracción de precepto legal

HECHOS PROBADOS

Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de 20-3-2.017 procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de los de esta ciudad, por la que se condenó a Urbano a la pena de SIETE MESES DE PRISION, accesoria y responsabilidad civil de 18,83 €, como autor criminalmente responsable de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas ( arts. 237 ; 238,2 y 240 en relación a los 16 y 62, todos, del CP ), sin la concurrencia de circunstancias, se alza su representación interesando la revocación de dicha resolución y el dictado de otra con contenido absolutorio, en base a una pretendida vulneración de su presunción de inocencia e infracción de aludidos preceptos, conforme a los argumentos contenidos en su recurso.

El Fiscal interesó la confirmación de la recurrida.

SEGUNDO

Como quiera...

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