SAP Barcelona 158/2017, 27 de Febrero de 2017
ECLI | ES:APB:2017:1622 |
Número de Recurso | 22/2017 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 158/2017 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª |
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION SEGUNDA
Rollo de Apelación nº APR 22/17
Proceso Abreviado Rápido nº 292/16
Juzgado de lo Penal nº 1 de Barcelona
S E N T E N C I A nº 158
Ilmo. Sr. Presidente
D. Javier Arzua Arrugaeta
Ilmos. Srs. Magistrados
Dª María José Magaldi Paternostro
D. Carmen Hita Martiz
En la ciudad de Barcelona a veintisiete de febrero de dos mil diecisiete
En nombre de S. M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado Rápido nº 292/16, Rollo de Apelación nº APR22/17 sobre delito de robo con violencia y delito de lesiones procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Barcelona en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública, y como acusada Covadonga representada por el Procurador Sra Corchera Labrado en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la referida acusada contra la sentencia dictada a 15 de noviembre de 2016 por la Ilma Sra. Juez del expresado Juzgado.
Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.
En fecha 15 de noviembre de 2016 y por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Barcelona se dictó sentencia en el Proceso Abreviado Rápido 292/16 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 20 de febrero de 2017, habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.
El Ministerio Fiscal impugnó el recurso solicitando la confirmación de la sentencia objeto de apelación.
Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada
Se aceptan y se dan por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada a los que se suman los contenidos en esta resolución.
Articula la representación procesal del recurrente el recurso de apelación que interpone contra la sentencia dictada en la primera instancia alrededor de un único motivo jurídico: error en la valoración de la prueba en que habría incurrido el Juez a quo y que habría comportado la sentencia condenatoria que pronuncia contra el acusado siendo así que la prueba practicada era insuficiente para fundar la autoría que afirma vulnerando de este modo el derecho a la presunción de inocencia que constitucionalmente le asiste.
Sobre la base de los argumentos jurídicos que expone en el escrito de formalización del recurso interesan de este Tribunal la revocación de la sentencia y que se dicte otra de conformidad con sus pretensiones.
El recurso de apelación no debe prosperar en esta alzada por las razones jurídicas que se explicitan en los siguientes Fundamentos de Derecho.
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