SAP Barcelona 69/2017, 23 de Febrero de 2017

ECLIES:APB:2017:2447
Número de Recurso673/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2017
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMONOVENA

ROLLO Nº 673/2015- E

Procedimiento ordinario Nº 1156/2011

Juzgado Primera Instancia 7 Sabadell

S E N T E N C I A Nº 69/17

Ilmos. Srs. Magistrados

D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO

D. JOSE MANUEL REGADERA SÁENZ

D. CARLES VILA I CRUELLS

En la ciudad de Barcelona, veintitres de febrero de dos mil dieicisiete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, seguidos por el Juzgado Primera Instancia 7 Sabadell, a instancia de RESTAURACION INMUEBLES Y OBRAS (REM S.L) Y DEJAVU S.L. contra ALLIANZ CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS AXA Y UTEXTA S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora RESTAURACION INMUEBLES Y OBRAS (REM

S.L) contra la sentencia dictada en los mismos el dia 13/03/2015, por el/la Sr./a. Magistrado/a del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: "1) ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Mónica García Vicente, en nombre de DEJAVU, S.L., frente a AXA SEGUROS GENERALES, S.A., representada por el Procurador D. Álvaro Cots Durán, y ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada por el Procurador D. Josep Gubern Vives, y, en consecuencia, CONDENAR solidariamente a AXA SEGUROS GENERALES, S.A. y ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. a abonar a DEJAVU, S.L. el importe de SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (7.645,78 €) con el interés legal del dinero desde la fecha de la demanda. Y ello sin condena por las costas causadas por esta demanda.

2) DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador D. Álvaro Cots Durán, en representación de AXA SEGUROS GENERALES, S.A., frente a DEJAVU, S.L., representada por la Procuradora Dña. Mónica García Vicente, UTEXTA, S.L. y ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.,

representadas por el Procurador D. Josep Gubern Vives, absolviendo, en consecuencia, a tales demandadas de todas las pretensiones frente a ellas dirigidas, sin condena por las costas de tal demanda.

3) Y DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Teresa Prat Ventura, en representación de RESTAURACIÓN DE INMUEBLES Y OBRAS, S.L. (REM), frente a DEJAVU, S.L., representada por la Procuradora Dña. Mónica García Vicente, UTEXTA, S.L. y ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representadas por el Procurador D. Josep Gubern Vives, absolviendo, en consecuencia, a tales demandadas de todas las pretensiones frente a ellas dirigidas, sin condena por las costas de tal demanda.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora RESTAURACION INMUEBLES Y OBRAS (REM S.L) mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 16 de febrero de 2017.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE MANUEL REGADERA SÁENZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por parte de la representación de RESTAURACIÓN DE INMUEBLES Y OBRAS, S.L. (REM) se interpone recurso de apelación contra la Sentencia dictada el día 13 de marzo de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Sabadell en juicio ordinario 1156/2011.

La mencionada resolución, sobre el incendio ocurrido el día 27 de mayo de 2010, estimó que no podía determinarse el lugar de inicio del mismo, si en la nave ocupada por REM o en la ocupada por UTEXTA, S.L. (ambas propiedad de DEJAVU, S.L.) y desestimó todas las pretensiones acumuladas y reconvencionales a excepción de la pretensión de DEJAVU, S.L., que fue estimada frente a las compañías aseguradoras de ambas inquilinas mencionadas, condenándolas a abonar 7.645,78 euros.

La apelante pretende que ha existido error en la valoración de la prueba y solicita que se considere acreditado que el foco del incendio tuvo su origen en la nave ocupada por UTEXTA, S.L. y, por tanto, que se estime la demanda por ella presentada contra UTEXTA, S.L. y ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

Por tanto, todo el resto de pronunciamientos de la resolución de primera instancia queda firme.

La entidad aseguradora apelada se opuso a la estimación del recurso de apelación.

SEGUNDO

La apelante, como se decía, únicamente pretende una nueva valoración de la prueba que determine que no tuvo ninguna intervención en la producción del incendió, que se impute la responsabilidad del mismo a UTEXTA, S.L. y a su compañía aseguradora y que, en...

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