SAN 17/2017, 1 de Junio de 2017

EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 4ª
ECLIES:AN:2017:2206
Número de Recurso4/2017

AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO PENAL SECCIÓN 004 Teléfono: 917096615/06/07 N.I.G.: 28079 27 2 2013 0006075

ROLLO DE SALA: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 04/2017PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 88/2013ÓRGANO DE ORIGEN: JUZGADO CENTRAL INSTRUCCION nº: 006

MAGISTRADOS

DOÑA ANGELA MURILLO BORDALLO

DOÑA TERESA PALACIOS CRIADO

DON JUAN FRANCISCO MARTEL RIVERO

SENTENCIA Nº17/2017

En Madrid, a 01 de junio de dos mil diecisiete.

Vista por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la causa dimanante del Procedimiento Abreviado 04/2017, seguido en el Juzgado Central de Instrucción nº 6, por delito de blanqueo de capitales, siendo los acusados:

D. Casimiro Virgilio, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM000 .1970, hijo de Alonso David y de Rebeca Agueda y con DNI NUM001, representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª. Belén Romero Muñoz y defendido por la Letrado Dª. Marta Moreta Leal. Ejecutoriamente condenado por delito contra la salud pública en Sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a pena de 11 años y seis meses de prisión, sentencia de fecha 25 de junio de 2008, firme el 22 de octubre de 2009 en el sumario 18/2004, y en libertad provisional por esta causa.

D. Porfirio Carlos, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día 03.05.1944, hijo de Alonso David y de Martina Ofelia y con DNI NUM002, representado por el Procurador de los Tribunales D. Manuel María Martínez Lejarza Ureña y defendido por el Letrado D. Toribio Ramón Gamallo. Ejecutoriamente condenado por delito contra la salud pública por Sentencia de la sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en fecha 19 de junio de 2003, firme el 17 de febrero de 2005, en la causa 6/1991, y asimismo ejecutoriamente condenado por la Sección Cuarta de la misma Audiencia Nacional, en la causa 53/2007 por delito contra la salud pública a la pena de 13 años y seis meses de prisión, en sentencia de fecha 28 de abril de 2009, firme el 10 de diciembre de 2009, y en libertad provisional por esta causa.

Dª. Rebeca Agueda nacida en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM003 .1948, hija de Genaro Aquilino y de Victoria Justa y con DNI NUM004, representada por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ángel Ayuso Morales y defendida por la Letrado Dª. Ana María Reguera Freire. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

Dª. Isabel Paulina, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM005 .1977, hija de Alonso David y de Felicidad Brigida y con DNI NUM006, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Belén

Romero Muñoz y defendida por el Letrado D. Alejandro Vega Vázquez. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

Dª. Frida Milagrosa, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM007 .1966, hija de Porfirio Carlos y de Rebeca Agueda y con DNI NUM008, representada por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ángel Ayuso Morales y defendida por la Letrado Dª. Ana María Reguera Freire. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

Dª. Ascension Berta, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM009 .1963, hija de Porfirio Carlos y de Rebeca Agueda y con DNI NUM010, representada por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ángel Ayuso Morales y defendida por la Letrado Dª. Ana María Reguera Freire. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

Dª. Ruth Graciela, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM011 .1981, hija de Porfirio Carlos y de Rebeca Agueda y con DNI NUM012, representada por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ángel Ayuso Morales y defendida por la Letrado Dª. Ana María Reguera Freire. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

D. Genaro Horacio, nacido en Marín (Pontevedra) el día NUM013 .1955, hijo de Martin Constancio y de Sabina Hortensia y con DNI NUM014, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Silvia Barreiro Teijeiro y defendido por el Letrado D. Héctor Manuel Gómez-Cabrero Sánchez. Ejecutoriamente condenado por delito contra la Salud Pública, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en la causa 53/2007, en sentencia de 28 abril 2009, firme el 10 diciembre 2009, a la pena de 9 años y un día de prisión, y en libertad provisional por esta causa.

D. Santiago Marcelino, nacido en Vilanova de Arousa (Pontevedra) el día NUM015 .1973, hijo de Armando Casimiro y Yolanda Angela y con DNI NUM016, representado por el Procurador de los Tribunales D. Xavier de Goñi Echeverría. y defendido por el Letrado D. David Zamora Bolívar. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

D. Valeriano Anton, nacido en Lugo el día NUM017 .1966, hijo de Teodosio Hipolito y Magdalena Zulima y con DNI NUM018, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Elena Guerrero Santón y defendido por la Letrado Dª. María Victoria de Gil Pérez. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

D. Norberto Damaso, nacido en Bueu (Pontevedra) el día NUM019 .1956, hijo de Simon Cirilo y Sandra Nieves y con DNI NUM020, representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Gala Escribano y defendido por la Letrado Dª. Mercedes González Miguel. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

D. Damaso Virgilio, nacido en Vigo (Pontevedra) el día NUM021 .1966, hijo de Jose Julio y Clara Berta y con DNI NUM022, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Belén San Roma López y defendido por el Letrado D. José Antonio Pérez Fernández. Sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa.

Como acusación:

La Acusación Pública del Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Fiscal Dª. María Dolores López Salcedo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en el escrito de calificación provisional calificó los hechos como: 1º.- Un delito de blanqueo de capitales derivados de tráfico de drogas, cometido en el seno de una organización y ejerciendo la jefatura de la misma, previsto y penado en los artículos 301.1 y 2 y 302.1 del Código Penal . 2º.- Un delito de blanqueo de capitales derivados de tráfico de drogas, cometido en el seno de una organización, previsto y penado en los artículos 301.1 y 2 y 302.1 del Código Penal . 3º.- Un delito de tenencia ilícita de armas previsto y penado en el artículo 564.1.2º del Código Penal .

De los expresados delitos es responsable en concepto de AUTOR, el acusado Porfirio Carlos, EL RESTO DE ACUSADOS, y el acusado Casimiro Virgilio .

No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Procede imponer a los acusados las siguientes penas:

  1. - Por el delito de blanqueo de capitales derivados de tráfico de drogas, cometido en el seno de una organización y ejerciendo la jefatura de la misma, a Porfirio Carlos la pena de Ocho años de prisión, multa de

    2.369.775 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

  2. - Por el delito de blanqueo de capitales derivados de tráfico de drogas, cometido en el seno de una organización, procede imponer las siguientes penas: A Casimiro Virgilio, la pena de Seis años de prisión, multa de 1.627.017 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Rebeca Agueda, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 506.548 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Frida Milagrosa, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 151.406 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Ascension Berta, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 377.957 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Ruth Graciela, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 619.495 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Isabel Paulina, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 1.212.087 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Genaro Horacio, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 2.135.967 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Santiago Marcelino, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 315.444 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Valeriano Anton, la pena de Cinco años y Un mes de prisión, multa de 71.940 euros, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Norberto Damaso, la pena de Tres años y seis meses de prisión, multa de 540.150 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 30 días, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

    A Damaso Virgilio, la pena de Tres años y seis meses de prisión, multa de 150.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 30 días, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

  3. - Por el delito de tenencia ilícita de armas, a Casimiro Virgilio, la pena de Ocho meses de prisión, privación del permiso de tenencia y porte de armas durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y...

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