STSJ Extremadura 192/2017, 27 de Abril de 2017

ECLIES:TSJEXT:2017:495
Número de Recurso423/2016
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución192/2017
Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00192/2017

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 192

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

En Cáceres a VEINTISIETE de ABRIL de dos mil diecisiete.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 423 de 2016, promovido por el/la Procurador/a D/Dª PABLO GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ, en nombre y representación del recurrente Dª Crescencia, siendo demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 22.07.16 recaída en expediente sancionador número NUM000 .

Cuantía 13.622,88 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Concluido los trámites de prueba o en su caso conclusiones, las partes interesaron cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. CASIANO ROJAS POZO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- Se somete a nuestra consideración la resolución dictada por el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de fecha 31/03/2016, posteriormente confirmada en reposición por resolución de fecha 22/07/2016, dictada en el expediente nº NUM000, que impone a la hoy recurrente y a sus hermanas (cotitulares del aprovechamiento de la comunidad que forman y en cuyo beneficio actúa por ser propietarias de las parcela NUM001 del polígono NUM002 del término municipal de Santa María del Campo Rus donde se ubica la captación objeto de la denuncia) la sanción menos grave de 12.000 euros como autoras de la infracción prevista en el art 116.3 apdo g) del TRLA, así como una indemnización por daños al Dominio Público Hidráulico (en adelante DPH) de 1.622,88 euros, por incumplir las condiciones de la resolución de inscripción del aprovechamiento con referencia NUM003 .

La resolución se combate en dos aspectos: a) Por entender que respecto de ellas no cabe la calificación como menos grave por cuanto, dada la...

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