STSJ País Vasco 803/2017, 4 de Abril de 2017

ECLIES:TSJPV:2017:1281
Número de Recurso568/2017
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución803/2017
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2017
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACION Nº : 568/2017

N.I.G. P.V. 48.04.4-15/006501

N.I.G. CGPJ 48044.44.2-0150/006501

SENTENCIA Nº: 803/2017

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a cuatro de abril de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Presidenta, DON JOSE LUIS ASENJO PINILLA y DOÑA ELENA LUMBRERAS LACARRA, Magistrados, ha pronunciado,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

S E N T E N C I A

En los Recursos de Suplicación interpuestos por las - Empresas - "PINE INSTALACIONES Y MONTAJES, S.A.", "CESINEL INGENIERIA, S.L." y "GERDAU ACEROS ESPECIALES DE EUROPA, S.L.", contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de los de Bilbao, de fecha 19 de Septiembre de 2016, dictada en proceso que versa sobre materia de I MPUGNACION DE RECARGO DE PRESTACIONES DERIVADO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD (AEL), y entablado por las - Mercantiles hoy también recurrentes -, "PINE INSTALACIONES Y MONTAJES, S.A.", "CESINEL INGENIERIA, S.L." y "GERDAU ACEROS ESPECIALES DE EUROPA, S.L.", frente a los - Organismos - INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ("I.N.S.S.") y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ("T.G.S.S."), la - Entidad Aseguradora - "MUTUALIA" -MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 2- y contra DOÑA Guillerma y DON Belarmino, respectivamente, es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, quien expresa el criterio de la - SALA -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es la siguiente :

  1. -) "D. Emilio prestaba servicios para la empresa "PINE INSTALACIONES Y MONTAJES, S.A." (PINE) como Oficial de 1ª electricista desde el 18-7-1995.

    Contaba con amplia experiencia en trabajos de electromecánica, al haber realizado por cuenta de la citada empresa trabajos de montaje en instalaciones de media y alta tensión, preparación de zonas de trabajo y

    realización de descargos. Había recibido 96 horas de formación específica dentro de las áreas en que operaba dentro de PINE.

  2. -) PINE, encargada de la realización de instalaciones eléctricas, había sido subcontratada por la entidad "CESINEL INGENIERIA, S.L." (CESINEL), para acometer la obra que le fuera a ésta encargada por "GERDAU ACEROS ESPECIALES EUROPA, S.L." (GERDAU), consistente en "El suministro y sustitución de los dispositivos necesarios para adecuar la instalación eléctrica tras aumentar la potencia del horno de arco a 30 kV".

  3. -) A tenor del documento emitido para garantizar una ejecución segura de las actividades programadas, se nombró como recurso preventivo al Sr. Héctor (CESINEL) y como Coordinador de actividades empresariales a D. Laureano (GERDAU).

  4. -) Dentro de la organización preventiva existía un expediente nominado "permiso de trabajo", cuyo objeto consiste en describir el proceso de solicitud, autorización y condiciones para obtener autorización para ejecutar una tarea concreta. El objetivo específico de ese permiso es el de controlar los riesgos asociados a la realización de trabajos especiales que hayan de ejecutar tanto personas de GERDAU como de Contratas. Según se indica en el protocolo, el permiso de trabajo consiste en un formulario estandarizado, emitido y autorizado por personal habilitado y capacitado, definiendo las condiciones y métodos seguros para la realización de una determinada actividad considerada de riesgo.

    Este documento debe ser de conocimiento pleno por todos los trabajadores ejecutantes de la tarea. En su texto hay una mención titulada "Compromiso de responsabilidad y autorización para ejecutar el trabajo" bajo la cual aparecen los nombres y firmas de los trabajadores que van a realizar el trabajo, lo que acredita el haber recibido información sobre los riesgos y medidas necesarias para contenerlos.

    El permiso de trabajo debe emitirse cuando se realicen, entre otros, trabajos en altura y trabajos eléctricos.

    Los permisos de trabajo se emiten para el trabajo específico y tarea para el que se han emitido, quedando restringidos a estos, siendo necesaria la renovación de los mismos, al ser válidos únicamente para un solo turno.

  5. -) A tenor del plan preventivo de GERDAU, como medidas a adoptar frente al riesgo eléctrico constan: Se prohibirá el acceso a instalaciones eléctricas (salas eléctricas, instalaciones de Alta tensión) sin la debida Autorización; Señalización de las zonas de riesgo; No acceder nunca a las estructuras o equipos situados fuera de la zona marcada como zona de trabajo; Por áreas con tensión (parque de la subestación por ejemplo) no transitar llevando elementos metálicos largos en vertical, ni levantar las manos ni herramientas por encima de la cabeza; Informar a los trabajadores del riesgo eléctrico; No se utilizarán escaleras ni andamios metálicos en trabajos de proximidad de instalaciones de Alta tensión no baja tensión; Estos trabajos serán supervisados por un recurso preventivo.

    Por lo que hace al riesgo eléctrico en proximidad de líneas aéreas, aparellaje Alta tensión, se solicitará el descargo de la línea o instalación afectada (trabajos sin tensión). La fábrica está en parada/Señalización de la zona de seguridad/Reunión informativa con los trabajadores que van a intervenir en los trabajos por parte del jefe de Obra/Durante la realización del trabajo un trabajador autorizado según el RD 614/2001 vigilará en todo momento que no se sobrepasa la distancia de proximidad.

  6. -) Los trabajos de PINE consistían en la realización de todos los montajes y desmontajes necesarios en la instalación eléctrica de alimentación del horno, montajes tanto eléctricos como mecánicos, tales como añadir pletinas al embarrado de la Sala de interruptores, cambiar trasformadores, cambiar seccionadores y mando de la acometida, etc.

    Estos trabajos de montaje se realizaron entre el 12 y el 23 de diciembre de 2013, estando entre el personal encargado de acometerlos el Sr. Emilio .

    En tanto se realizaron estos trabajos, se certificó el hecho de la ausencia de tensión en el entorno laboral, firmando el trabajador en los documentos emitidos a tal fin ("permisos de trabajo").

    Estos trabajos, aunque materialmente se realizaban por los trabajadores de PINE, se hacían según el diseño realizado por CESINEL y bajo su dirección. Esta última se encargaba del diseño de ingeniería y cálculos mecánicos y luego supervisaban todos los trabajos de montaje hechos por PINE.

  7. -) El día 8-1-2014 CESINEL comenzó a realizar pruebas de funcionamiento, teniendo previsto GERDAU comenzar a operar con el Horno (HEA) el día 10-1- 2014.

  8. -) A primera hora del día 8-1-2014, el Sr. Emilio fue llamado por un encargado de CESINEL para realizar algunas reparaciones en el montaje, tras haber detectado el responsable de GERDAU el día anterior algunas

    deficiencias. Tras realizar esas reparaciones el Sr. Emilio abandonó el lugar para seguir con sus tareas, las cuales tenían lugar en otras dependencias de la factoría GERDAU.

  9. -) La Sala de interruptores abastece al HEA. Hay tres celdas en dicha sala aisladas por tabiques y cerradas con puertas metálicas con anclajes electromecánicos. La primera celda es la denominada de acometida y seccionador; las otras dos disponen de un interruptor en cada una.

    Las celdas quedan aseguradas por un sistema que no permite su apertura si no está cortada la electricidad desde la subestación que las abastece (ubicada a cinco minutos a pie desde esta sala de trasformadores). Para poder abrir la puerta de la celda de acometida es necesaria una llave que se extrae de la subestación. Esta llave solo se puede extraer si previamente se ha abierto el circuito eléctrico en la subestación y se ha dejado la línea sin tensión, en cortocircuito y puesta a tierra.

    El citado sistema impide abrir las puertas de las celdas habiendo tensión, pero nada impide el acceso a las partes en tensión por la parte de arriba de las puertas de las celdas o accediendo a los muros de separación entre celdas.

  10. -) La primera prueba del HEA se realiza sin presencia del Sr. Emilio y es operada por personal de GERDAU y CESINEL sobre las 13.09, para lo cual personal de GERDAU se desplaza a la subestación eléctrica integrada en las instalaciones de esta empresa a fin de conectar la alimentación. Se encuentran en el mismo entorno asimismo trabajadores de otra contrata de GERDAU, ARGILAN SAL, ajena a esta instalación.

    En la maniobra de conexión participan D. Héctor y D. Laureano, de CESINEL y GERDAU respectivamente. El primero permaneció en la Sala de interruptores mientras que el segundo se desplazó a la subestación.

  11. -) Una vez aplicada la tensión se observan descargas eléctricas en el trasformador de intensidad o corriente toroidal de la fase central (L2). Ello motiva que se corte la electricidad desde la subestación, dejando sin suministro tanto a la Sala de interruptores como la celda de acometida.

    Tras el incidente, los responsables de CESINEL y GERDAU llamaron a las empresas fabricantes de los trasformadores afectados para que dieran su parecer.

  12. -) Las empresas consultadas (ARTECHE) no aportan una respuesta que satisfaga a los encargados de la prueba, por lo que estos deciden sobre las 14 horas aplicar una pintura anti-flash en las superficies de unión de las pletinas, con la intención de solventar el problema.

    Tras aplicar esta pintura se decide proceder con otra prueba, en la que participan D. Jose Ángel, D. Héctor (ambos de CESINEL) y D. Juan Enrique (GERDAU). Este último es el que se desplaza a la subestación. La prueba tiene lugar a las 15 horas aproximadamente, volviéndose a producir el mismo resultado que en la anterior ocasión.

  13. -) Tras esta prueba no se corta...

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