STSJ Cataluña 288/2017, 30 de Marzo de 2017
ECLI | ES:TSJCAT:2017:3507 |
Número de Recurso | 650/2016 |
Procedimiento | CONTENCIOSO - APELACION |
Número de Resolución | 288/2017 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2017 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
Recurso de apelación contra sentencias nº 650/2016
Partes: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. DIRECCION PROVINCIAL DE LLEIDA
C/ Gustavo
S E N T E N C I A Nº 288
Ilmos. Sres. Magistrados:
Don Emilio Berlanga Ribelles
Don Jordi Palomer Bou
Don Javier Bonet Frigola
En la ciudad de Barcelona, a treinta de marzo de dos mil diecisiete.
VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 650/2016, interpuesto por TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. DIRECCION PROVINCIAL DE LLEIDA, representada y asistida por el LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra Gustavo, representado por la Procuradora de los Tribunales BLANCA SORIA CRESPO y defendido por Letrado.
Ha sido Ponente el Excmo. Sr. Presidente de la Sala D. Emilio Berlanga Ribelles, quien expresa el parecer de la Sala.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Lleida dictó en el Recurso ordinario núm. 450/2015 la Sentencia nº 254/2016, de fecha 10 de junio de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimant el present recurs contenciós administratiu interposat per la SR. Gustavo contra els actes administratius que es descriuen en l'antecedent primer d'aquesta Sentència, s'han d'anul lar i s'anul len per no ajustar-se al dret aplicable. Sense costes.".
Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. DIRECCION PROVINCIAL DE BARCELONAy apelada Gustavo .
Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 30-3-2017.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Con fecha 10 de junio de 2016 y en procedimiento ordinario 450/2015 el Juzgado de lo contencioso admirativo de Lleida dictó sentencia estimando el recurso interpuesto por D. Gustavo contra resolución de la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Lleida, de fecha 11 de agosto de 2015, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra resolución de 29 de abril de 2015 de la misma TGSS que declaró su responsabilidad solidaria respecto de la deuda generada por la empresa SONOLA SERVICES, SL.
Contra esta sentencia recurre en apelación el letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación y defensa de la Administración demandada, interesando la revocación integra de la sentencia de instancia y la declaración de conformidad a derecho de las resoluciones objeto del presente recurso contencioso administrativo.
La parte actora, comparecida como apelada, interesa la desestimación del presente recurso de apelación y la confirmación de la sentencia de instancia.
.- Previamente a entrar a conocer del fondo del recurso interpuesto frente a la sentencia de instancia, la Sala debe resolver sobre su competencia objetiva para conocer de la presente apelación, pues al ser ello una cuestión de orden público procesal, debe ser la misma resuelta incluso de oficio; ya que, es constante y reiterada la...
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