SAP Huesca 46/2017, 29 de Marzo de 2017

PonenteSANTIAGO SERENA PUIG
ECLIES:APHU:2017:101
Número de Recurso15/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución46/2017
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00046/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de HUESCA

Domicilio: CALLE CALATAYUD ESQUINA IRENE IZARBEZ

Telf: 974-290145 Fax: 974-290146

Modelo: 001200

N.I.G.: 22125 37 2 2017 0100111

ROLLO: RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000015 /2017

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de HUESCA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000373 /2015

RECURRENTE: Braulio

Procurador/a: DOLORES DEL VAL ESTEBAN

Abogado/a: FERNANDO LACRUZ NAVAS

RECURRIDO/A: Macarena, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: CARLOS ARCAS ALBAS,

Abogado/a: BEATRIZ CAGIGAS MUNIESA,

Rollo penal 15/2017 S290317.14S

Proc. Abrev. 985/13 de Jaca 1

Sentencia Apelación Penal Número 46

PRESIDENTE

SANTIAGO SERENA PUIG

MAGISTRADOS

GONZALO GUTIERREZ CELMA

JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a veintinueve de marzo de dos mil diecisiete.

Vista en nombre del Rey, por esta Audiencia Provincial de Huesca, en grado de apelación, la causa número 985 del año 2013, del Juzgado de Instrucción 1 de Jaca, que ha quedado registrada en este Tribunal al número 15 del año 2017, tramitada como procedimiento abreviado, rollo 373/2015, ante el Juzgado de lo Penal 2 de Huesca, por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos contra la acusada Macarena, cuyas circunstancias personales constan en la resolución impugnada, representada por Procuradora doña Dolores del Val Esteban y defendida por la Letrada doña Beatriz Cagigas Muniesa, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal. Actúa en esta alzada como apelante Braulio, representado por el procurador don Carlos Arcas Albas y defendido por el Letrado don Fernando Lacruz Navas y, como parte apelada, la acusada antes citada. Es Ponente el Magistrado SANTIAGO SERENA PUIG quien expresa el parecer de esta sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa antes reseñada, se dictó la Sentencia combatida en la que se pronunció, literalmente, la siguiente parte dispositiva: "DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Macarena de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197.1 y 3 del Código Penal por los que venía siendo acusada por prescripción de los mismos, con declaración de las costas de oficio. Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante este Juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial de Huesca dentro de los diez días siguientes al de su notificación".

SEGUNDO

Notificada a las partes la indicada Sentencia, interpuso la representación de Braulio

el presente recurso de apelación, alegando los motivos que estimó procedentes y que luego se estudiarán, solicitando una sentencia condenatoria.

TERCERO

El Juzgado tuvo por interpuesto en tiempo y forma el indicado recurso de apelación y dio traslado a las partes personadas y al Ministerio Fiscal por un plazo común de diez días. Dicho Ministerio y la acusada Macarena solicitaron la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia controvertida. Seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, que las examinó, y a continuación, se procedió a la deliberación de esta resolución.

HECHOS PROBADOS

Aceptamos y damos por reproducidos los así declarados en la resolución impugnada, que son como sigue:

PRIMERO

La acusada Macarena se apoderó de dos cartas a nombre de su marido Braulio, que le habían sido remitidas a éste por la Tesorería General de la Seguridad Social a la vivienda común de ambos sita en CALLE000 nº NUM000, NUM001, NUM002 de la localidad de Jaca (Huesca) tras haberlas recogido su padre Constantino y entregado a la misma en fecha indeterminada pero en todo caso situada en la segunda quincena del mes de octubre de 2008, en fechas en las que existía una separación de hecho entre los cónyuges y durante las cuales tanto la acusada como su marido tenían indistintamente acceso a la vivienda por no existir resolución judicial reguladora al respecto.

En fecha indeterminada pero en todo caso anterior al 30 de octubre de 2008, la acusada entregó las dos cartas a su letrada que las presentó como prueba documental en el acto de la vista celebrada el día 11 de diciembre de 2008 en el seno del procedimiento de divorcio contencioso nº 151/2008 tramitado ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Zaragoza tras la demanda presentada por la acusada Macarena contra su marido Braulio .

En dichas...

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