SAP Toledo 49/2017, 17 de Marzo de 2017

PonenteEMILIO BUCETA MILLER
ECLIES:APTO:2017:216
Número de Recurso26/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución49/2017
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO 00049/2017

Rollo Núm. ....................... 26/2017.-Juzg. de lo Penal Núm. 1 de Toledo.-J. Rápido Núm. ................ 90/2016.- SENTENCIA NÚM. 49

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a diecisiete de marzo de dos mil diecisiete.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NO MBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto en juicio oral y público el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección núm. 26 de 2017, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, en el Juicio Rápido núm. 90/16, por conducción sin licencia, y en las Diligencias Urgentes núm. 65/16 del Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Orgaz, en el que han actuado, como apelante el MINISTERIO FISCAL, y como apelado, el Jesus Miguel, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. López Martínez y defendido por el Letrado Sr. Díaz-Suelto Villarrubia.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, con fecha 21 de octubre de 2016, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Jesus Miguel de UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL POR PÉRDIDA DE VIGENCIA DEL PERMISO DE CONDUCIR del que venía siendo acusado, con declaración de oficio de las costas del proceso".- SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por el MINISTERIO FISCAL, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, invocando como motivos de impugnación los que respectivamente constan en su escrito, y solicitando que se dictara nueva sentencia en el sentido de que se condene al acusado Jesus Miguel como autor de un delito contra la Seguridad Vial del Art. 384, párrafo primero, a la pena de Multa de dieciocho meses, cuota diaria de 12 euros con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, conforme a lo dispuesto en el art. 53 del C. P ., y recurso del que se dio traslado a la parte interviniente, que solicitó la confirmación de la resolución recurrida; y formalizado el recurso se remitieron los autos a esta Audiencia, donde persona das las partes, se formó el oportuno rollo y nombrado Magistrado-Ponente, quedaron vistos para deliberación y resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

HECHOS PROBADOS

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