SAP Salamanca 176/2017, 23 de Marzo de 2017

PonenteMARIA DEL CARMEN BORJABAD GARCIA
ECLIES:APSA:2017:163
Número de Recurso699/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución176/2017
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00176/2017

N10250

GRAN VIA, 37-39

Tfno.: 923.12.67.20 Fax: 923.26.07.34

N.I.G. 37274 42 1 2008 0001926

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000699 /2016

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.8 de SALAMANCA

Procedimiento de origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0001381 /2015

Recurrente: Lucas

Procurador: ANA MARIA GARCIA DIAZ

Abogado: ANSELMO JOSE SANTOS PÉREZ-MONEO

Recurrido: Ofelia, Torcuato

Procurador: ENRIQUE HERNANDEZ SANTOS, MARIA ROSARIO JOSEFA CASANUEVA GARCIA DE LA SANTA

Abogado: BEATRIZ SANCHEZ MARTIN, MARIA OLIVA SANCHEZ RODRIGUEZ

S E N T E N C I A Nº 176/17

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSÉ RAMÓN GONZÁLEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA Mª CARMEN BORJABAD GARCIA

DON EUGENIO RUBIO GARCIA

En la ciudad de Salamanca a veintitrés de marzo de dos mil diecisiete.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el procedimiento de MODIFICACION DE MEDIDAS Nº 1381/15 del Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Salamanca, Rollo de Sala Nº 699/16; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante DON Lucas representado por la Procuradora Doña Ana María García Díaz y bajo la dirección del Letrado Don Anselmo Santos PérezMoneo y como demandados-apelados DOÑA Ofelia representada por el Procurador Don Enrique Hernández Santos y bajo la dirección del Letrado Don Beatriz Sánchez Martín y DON Torcuato representado por la Procuradora Doña María del Rosario Casanueva García de la Santa y bajo la dirección de la Letrada Doña María Oliva Sánchez Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 16 de junio de 2016 el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Salamanca dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda de modificación de medidas presentada por la Procuradora Dª. Ana María García Díaz en nombre y representación de D. Lucas contra Dª. Ofelia y contra D. Torcuato, debo mantener y mantengo las medidas fijadas en sentencia de 30 de Mayo de 2.008. No ha lugar a imponer costas."

  2. - Contra referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando se dicte sentencia por la que estimando el recurso de apelación acuerde revocar la sentencia recurrida y en su lugar acordar haber lugar a la modificación de medidas solicitada en el sentido de: 1.- Suprimir o, subsidiariamente, limitar a tres meses desde sentencia el derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar sita en c/ DIRECCION000 núm. NUM000, de la URBANIZACIÓN000 de DIRECCION001 (Salamanca), atribuida en su día al que fuera hijo menor de edad y progenitor custodio (hoy demandados), al objeto de proceder a su venta, con los efectos inherentes a tal declaración. 2.- Reducir la pensión de alimentos del hijo mayor de edad Torcuato, a la suma de 250 € mensuales, y limitar la prestación de la misma a TRES AÑOS desde sentencia. Todo ello con expresa condena en costas de la instancia a la parte demandada-recurrida."

    Dado traslado de dicho escrito a la representaciones jurídicas de las otras partes por las mismas se presentaron escritos en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se desestime el recurso de apelación, se confirme la sentencia recurrida, con expresa imposición de costas al recurrente.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo, pasando los autos a la Sala para resolver sobre la admisión de las pruebas solicitadas, admitiéndose las mismas por Autos de 28/10/2016 y 07/11/2016; señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día dos de febrero de dos mil diecisiete pasando los autos a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA Mª CARMEN BORJABAD GARCIA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por el Magistrado-Juez titular del juzgado de Primera Instancia nº 8 de esta ciudad, de fecha 16 de junio de 2016 en los autos de Modificación de Medidas Contencioso nº 1381/2015, cuyo fallo figura en los antecedentes de esta resolución, recurre en apelación la representación procesal de Don Lucas, solicitando que se revoque la sentencia dictada en la instancia y en consecuencia se dicte sentencia suprimiendo o subsidiariamente limitando a tres meses desde la sentencia el derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar sita en c/ DIRECCION000 nº NUM000, URBANIZACIÓN000 de DIRECCION001 (Salamanca) atribuida en su día a su hijo menor de edad y al progenitor custodio (la madre), al objeto de proceder a su venta y reducir la pensión de alimentos del hijo mayor de edad, Torcuato, a la suma de 250 € mensuales y limitarla prestación a tres años, desde la sentencia.

Frente al recurso de apelación, se opone la representación procesal de Doña Ofelia, de conformidad con las alegaciones que figuran en su escrito y concluye solicitando la desestimación del recurso de apelación y la íntegra conformación de la resolución recurrida, con imposición de costas al recurrente.

La representación procesal de Don Torcuato, se opone al recurso de apelación, de conformidad con sus alegaciones y concluye solicitando la confirmación de la resolución recurrida, con imposición de costas al apelante.

SEGUNDO

En atención al contenido del escrito de apelación, de la representación procesal de Don Lucas, precisar que el Art. 456 LECivil es claro al señalar "en virtud del recurso de apelación podrá perseguirse con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 22 de Noviembre de 2017
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 22 Noviembre 2017
    ...la sentencia dictada con fecha 23 de marzo de 2017, por la Audiencia Provincial de Salamanca (Sección Primera), en el rollo de apelación n.º 699/2016 , dimanante de los autos de juicio de divorcio n.º 1381/2015 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Mediante diligencia de ordenación se t......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR