SAP A Coruña 77/2017, 14 de Marzo de 2017

PonenteMARIA JOSEFA RUIZ TOVAR
ECLIES:APC:2017:622
Número de Recurso430/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución77/2017
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00077/2017

N10250

CAPITAN JUAN VARELA S/N (LA CORUÑA)

- Tfno.: 981 182082/ 182083 Fax: 981 182081

BP

N.I.G. 15030 42 1 2014 0008988

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000430 /2016

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000511 /2014

Recurrente: Mónica, Jose María

Procurador: MARIA TRILLO DEL VALLE

Abogado: JOSE GIL CORTON

Recurrido: Susana

Procurador: IRIA MARIA FERNANDEZ BARREIRO

Abogado: NIEVES MARIA PATIÑO LOSADA

SENTENCIA

Audiencia Provincial, Sección 3ª

Ilmas. Sras. Magistradas:

Dª María Josefa Ruiz Tovar, presidenta.

Dª María José Pérez Pena.

Dª María del Carmen Martelo Pérez.

En A Coruña, a 14 de marzo de 2017.

Visto por la Sección 3ª de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por las Ilmas. Señoras magistradas que anteriormente se relacionan, el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 430-2016, interpuesto contra la sentencia dictada el 3 de marzo de 2016 rectificada por auto de fecha 28 de abril de 2016 por el juzgado de primera instancia núm. 2 de A Coruña, en los autos de liquidación de sociedad de gananciales núm. 511-2014, siendo parte como apelantes, los demandantes, DON Jose María, provisto del documento nacional de identidad nº NUM000, con domicilio en CALLE000, núm. NUM001 - NUM002, Santiago de Compostela y DOÑA Mónica, provista del documento nacional de identidad nº NUM003, con domicilio en CALLE001, núm. NUM004 - NUM005, A Coruña, representados por la procuradora doña María Trillo del Valle, bajo la dirección del abogado don José Gil Cortón; y siendo parte apelada, la demandada, DOÑA Susana, provista del documento nacional de identidad nº NUM006, con domicilio en CALLE002, núm. NUM001 - NUM007, A Coruña, representada por la procuradora doña Iria-María Fernández Barreiro, bajo la dirección de la abogada doña Nieves Patiño Losada; versando los autos sobre formación de inventario.

Y siendo magistrada ponente la Ilma. presidenta doña María Josefa Ruiz Tovar.

ANTECEDENTES DE HECHO

Aceptando los de la sentencia de fecha 3 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de A Coruña, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que estimando la oposición formulada por la procuradora Sra. Fernández Barreiro, en nombre y representación de Dª Susana, a la propuesta de inventario presentada por la procuradora Sra. Trillo del Valle, en nombre y representación de Dª Mónica y D. Jose María, debo declarar que el inventario de bienes de la sociedad de gananciales del matrimonio formado D. Everardo y Dª Susana está formado por los siguientes bienes y derechos:

- ACTIVO:

1) Cuenta de Ahorro abierta en la entidad Caixa Galicia (hoy Abanca) nº NUM008, con un saldo a la fecha de fallecimiento de D. Everardo (27/01/2009), de 8.010,23 euros.

2) Cuenta de Ahorro abierta en la entidad Caixa Galicia (hoy Abanca) nº NUM009, con un saldo a la fecha de fallecimiento de D. Everardo, de 11.061,47 euros.

3) Cuenta de valores-obligaciones subordinadas (c.c.c. nº NUM010, cuenta asociada nº NUM008 ), hoy cuentas de ahorro a plazo fijo NUM011, con un saldo de 37.380.00 euros, y NUM012, con un saldo de 13.680,00 euros.

Todo ello con imposición de las costas causadas a Dª Mónica y D. Jose María ".

Dicha sentencia fue rectificada por auto de fecha 28 de abril de 2016, cuya parte dispositiva dice como sigue: "Debo estimar la solicitud de rectificación de error material formulada por la procuradora Dª Iria María Fernández Barreiro, en nombre y representación de Dª Susana, en el sentido de que, en el fallo de la sentencia de fecha 3 de marzo de 2016 dictada en el presente procedimiento, el apartado 3) del activo debe decir:

3) 2/3 del saldo de la cuenta de valores-obligaciones subordinadas (c.c.c. nº NUM010, cuenta asociada nº NUM008 ), hoy cuentas de ahorro a plazo fijo NUM011, con un saldo de 37.380,00 euros y NUM012

, con un saldo de 13.680,00 euros".

Primero

Interpuesta la apelación por don Jose María y por doña Mónica, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, compareciendo en tiempo y forma para sostener dicho recurso la procuradora Sra. Trillo del Valle.

Segundo

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por diligencia de ordenación de fecha 14 de octubre de 2016, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente rollo y designando ponente. Se tiene por parte a la procuradora Sra. Trillo del Valle, en nombre y representación de doña Mónica y de don Jose María en calidad de apelante y se tiene por parte a la procuradora Sra. Fernández Barreiro, en nombre y representación de doña Susana, en calidad de apelada. Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba por la parte apelante, se pasaron los autos a la magistrada ponente para resolver sobre su admisión. Por auto de fecha 7 de noviembre de 2016 se acordó unir como diligencia final los folios útiles del juicio verbal 689/2011 (con copia del Cd incluido), recursos y sentencia de instancia y apelación, así como la documental en él obrante, pudiendo las partes una vez practicadas a tenor del art. 436 nº 1 de la LEC, presentar escrito en que resuman y valoren...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR