SAP A Coruña 71/2017, 14 de Marzo de 2017
Ponente | MARIA DEL CARMEN MARTELO PEREZ |
ECLI | ES:APC:2017:603 |
Número de Recurso | 577/2016 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 71/2017 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
A CORUÑA
SENTENCIA : 00071/2017
N10250
CAPITAN JUAN VARELA S/N (LA CORUÑA)
Tfno.: 981 182082/ 182083 Fax: 981 182081
N.I.G. 15028 41 1 2014 0000810
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000577 /2016 IS
Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de CORCUBION
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000393 /2014
Recurrente: CONSTRUCCIONES Y EXCAVACIONES GERMAN MOUZO S.L.
Procurador: FERNANDO CARLOS LEIS ESPASANDIN
Abogado: MIGUEL ANGEL FERNANDEZ LOPEZ
Recurrido: ASEFA SA SEGUROS Y REASEGUROS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO PLAZA000 NUM000, Gines, PROMOCIONES POSE ALVARELLOS, SL
Procurador: JUAN PEDRO PERREAU DE PINNICK ZALBA, BELEN BORRERO CASTRO, IGNACIO MANUEL ESPASANDIN OTERO,
Abogado: DOMINGO CIVES BEIRO, ANTONIO VAZQUEZ LOPEZ, FRANCISCO ANTAS PEREZ,
SENTENCIA
Audiencia Provincial, Sección 3ª
Ilmos. Sres. Magistrados:
Dª María Josefa Ruiz Tovar, presidenta.
Dª María José Pérez Pena.
Dª María del Carmen Martelo Pérez.
En a Coruña, a catorce de marzo de 2017
Visto por la Sección 3ª de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores magistrados que anteriormente se relacionan, el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 577/2016, interpuesto contra la sentencia dictada el 22-07-2016 por el juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Corcubión, en los autos de Juicio Ordinario Nº 393/2014, siendo parte como apelante-demandada: -"Construcciones y Excavaciones Germán Mouzo, S.L.", con CIF B-15832553 y domicilio en c/La Marina Nº 1 de Muxía -A Coruña, representada por el procurador D. Fernando Carlos Leis Espasandín, bajo la dirección del abogado D. Miguel A. Fernández López, y siendo parte apelada-demandante: -"Comunidad de Propietarios PLAZA000 NUM000 de CEE"-, con CIF NUM001 y domicilio en c/ AVENIDA000 Nº NUM002 - Cee, representada por la procuradora Dª. Beatriz Borrero Castro y bajo la dirección del abogado D. Antonio Vázquez López, como apelado-demandado: -D. Gines -, con DNI Nº NUM003, y domicilio en c/ DIRECCION000 Nº NUM004 de Muxía -A Coruña, representado por el Procurador D. Ignacio Espasandín Otero y bajo la dirección del Abogado D. Francisco Antas Pérez, como apelada-demandada: -"Asefa SA de Seguros y Reaseguros"-, con CIF A-07171605, con domicilio en c/Alfredo Vicenti Nº 28 -A Coruña, representada por el Procurador D. Juan Perreau de Pinnick y Zalba y bajo la dirección del Abogado D. Domingo Cives Beiro, como apelada-demandada-no personada: -"Promociones Pose Alvarellos"-, con CIF B-15910508 y domicilio en c/Domingo Antonio Andrade Nº 11 -Cee; versando los autos sobre costas.
Y siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. María del Carmen Martelo Pérez.
Aceptando los de la sentencia de fecha 22-07-2016, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Corcubión, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: QUE DEBO ACORDAR Y ACUERDO la homologación de la transacción judicial alcanzada entre la demandante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA000 NUM000, CEE, representada por la Procuradora Sra. Borrero Castro y la demandada PROMOCIONES POSE ALVARELLOS, S.L., representada por el Procurador Sr. García Lijó, en los términos expuestos en el antecedente de hecho tercero de esta resolución, sin efectuar expresa imposición de las costas.
QUE ESTIMANDO0 LA RENUNCIA a la acción ejercitada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA000 NUM000, CEE, representada por la Procuradora Sra. Borrero Castro contra CONSTRUCCIONES Y EXCAVACIONES GERMÁN MOUZO, S.L., y D. Marino, D. Gines Y ASEFA, S.A. SEGUROS Y REASEGUROS, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a dichas demandadas de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, sin efectuar expresa imposición de las costas".
Interpuesta la apelación por Construcciones y Excavaciones Germán Mouzo, S.L., y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, compareciendo en tiempo y forma para sostener dicho recurso el Procurador D. Fernando Carlos Leis Espasandín.
Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por diligencia de ordenación de fecha 16-12-2016, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente rollo y designando ponente.
Se tiene por parte al Procurador D. Fernando Carlos Leis Espasandín, en nombre y representación de Construcciones y Excavaciones Germán Mouzo, S.L. en calidad de apelante-demandada, se tiene por parte a la Procuradora Dª Belén Borrero Castro, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios PLAZA000 NUM000 de Cee, en calidad de apelada-demandante, al Procurador D. Ignacio Espasandín Otero, en nombre y representación de D. Gines, en calidad de apelado- demandado, al Procurador D. Juan Perreau de Pinninck y Zalba, en nombre y representación de la entidad Asefa SA de Seguros y Reaseguros, en calidad de apelada/demandada/no personada..
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni celebración de vista se dio cuenta a la Sra. Presidenta de la llegada de los autos e incoación del recurso a efectos de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda.
Por providencia de fecha 2-3-17 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 2-Marzo-2017.
Asume la ponencia del presente recurso la Magistrada suplente doña María del Carmen Martelo Pérez.
En la sustanciación del presente recurso de han observado todas las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia - que acuerda homologar la transacción judicial entre la demandante, Comunidad de Propietarios de PLAZA000 NUM000, CEE, y la demandada PROMOCIONES POSE ALVARELLOS, S.L., en los términos expuestos en el antecedente de hecho tercero de dicha resolución, sin efectuar imposición de costas; y que estima la renuncia a la acción ejercitada por la Comunidad de Propietarios de PLAZA000 NUM000, CEE, contra CONSTRUCCIONES Y EXCAVACIONES GERMÁN MOUZO, S.L., don Marino, don Gines y ASEFA S.A. SEGUROS Y REASEGUROS, y absuelve a dichos demandados de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, sin...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba