AAP Burgos 105/2017, 20 de Febrero de 2017

PonenteILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA
ECLIES:APBU:2017:198A
Número de Recurso2/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución105/2017
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

AUTO: 00105/2017

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BURGOS SECCION 3ª

N10300

PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10 - Tfno.: 947259950 Fax: 947259952

RMA

N.I.G. 09059 38 1 2017 0000001

ROLLO: RQJ RECURSO DE QUEJA (LECN) 0000002 /2017

Juzgado de procedencia: JDO. MERC. 1 (ANT.1A.INSTANCIA 4) de BURGOS

Procedimiento de origen: SECCION V LIQUIDACION 0000237 /2011

Recurrente: ADMINSITRACION CONCURSAL INTERBON

Procurador: TERESA MARTIN RAYMONDI

Abogado:

Recurrido:

Procurador:

Abogado:

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos Sres. Magistrados don ILDEFONSO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA, Presidente, doña María Esther Villímar San Salvador y don JOSE IGNACIO MELGOSA CAMARERO, ha dictado el siguiente,

AUTO Nº 105

En Burgos a veinte de Febrero de dos mil diecisiete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de BURGOS, los Autos de SECCION V LIQUIDACION 0000237 /2011, procedentes del JDO. MERC. 1 (ANT.1A.INSTANCIA

4) de BURGOS, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE QUEJA (LECN) 0000002 /2017, en los que aparece como parte apelante, LA ADMINISTRACION CONCURSAL INTERBON SA, representada por el Procurador de los tribunales, Sra. TERESA MARTIN RAYMONDI, asistida por el Abogado Sr. EMILIO GONZALEZ BILBAO, sobre Inadmisión apelación. Siendo Magistrado Ponente, el Ilmo. Sr. Don ILDEFONSO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA, que expresa el parecer de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO

  1. : Los de la Resolución recurrida que contiene la siguiente parte dispositiva "Acuerdo: 1.-No tener por interpuesto el recurso de apelación anunciado contra el Auto dictado en este proceso con fecha 3-10-2016 .

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes, por la Administración Concursal de Interbon, S.A., se presentó escrito interponiendo recurso de queja de conformidad con lo regulado en el artículo 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que fue admitido y emplazada la parte apelante; acordando remitir telemáticamente dicho recurso a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el registro general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibido telemáticamente el recurso de queja, y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 7- 2-2017 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se recurre en queja la decisión del Juzgado de lo Mercantil de no admitir el recurso de apelación contra el auto de 3 de octubre de 2016, que desestimaba la reposición contra el de 8 de julio de 2016, el cual desestimaba la petición de la administración concursal para que no se pusiera a disposición de la Tesorería de la Seguridad Social el importe de unas determinadas devoluciones fiscales de la AEAT cobradas en este momento...

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