AAP Badajoz 106/2017, 22 de Marzo de 2017

JurisdicciónEspaña
Número de resolución106/2017
EmisorAudiencia Provincial de Badajoz, seccion 3 (civil y penal)
Fecha22 Marzo 2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N.3

MERIDA

AUTO: 00106/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N.3 de MERIDA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Domicilio: AVENIDA DE LAS COMUNIDADES S/N

Telf: 924312470 Fax: 924301046

Equipo/usuario: 004

Modelo: 662000

N.I.G.: 06044 41 2 2013 0010815

ROLLO: RT APELACION AUTOS 0000072 /2017

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de DON BENITO Procedimiento de origen: SUMARIO (PROC.ORDINARIO) 0000002 /2015 RECURRENTE: Gerardo

Procurador/a: VICTOR ALFARO RAMOS

Abogado/a: JOSE DUARTE GONZALEZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Abogado/a:

AUTO Núm. 106/2017

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON JOAQUÍN GONZÁLEZ CASSO

MAGISTRADOS:

DON LUIS ROMUALDO HERNÁNDEZ DÍAZ AMBRONA (PONENTE) DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN

DOÑA MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ GALLARDO

DON JESÚS SOUTO HERREROS =================================== Recurso Penal número 72/2017.

Sumario 2/2015.

Juzgado de Instrucción número 2 de Don Benito. ===================================

En la ciudad de Mérida, a veintidós de marzo de dos mil diecisiete.

Visto en grado de apelación ante esta sección tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, el presente recurso penal dimanante del sumario 2/2015 del Juzgado de Instrucción número 2 de Don Benito, siendo apelante don Gerardo, representado por el procurador don Víctor Alfaro Ramos y defendido por el letrado don José Duarte González; y apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción número 2 de Don Benito dictó auto el 21 de noviembre de 2016 acordando la conclusión del sumario.

SEGUNDO

Contra dicho auto recurrió en reforma y subsidiariamente en apelación don Gerardo . El recurso reforma fue desestimado por auto de 22 de diciembre de 2016. Tras ello, se ha tramitado el recurso de apelación, habiéndose opuesto don Gerardo .

TERCERO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal se formó el rollo de Sala y se turnó la ponencia, señalándose para deliberación y fallo para el 8 de marzo de 2017, quedando los autos en poder del ponente para dictar la correspondiente resolución.

Ha sido ponente el magistrado don LUIS ROMUALDO HERNÁNDEZ DÍAZ AMBRONA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Motivo del recurso: inexistencia de indicios de criminalidad.

Don Gerardo solicita que se revoque el auto de conclusión del sumario y se acuerde el sobreseimiento de la causa sobre la base de que no existen contra él indicios suficientemente incriminatorios.

El recurso debe rechazarse.

En efecto, a la vista de la naturaleza del auto recurrido, entendemos que no estamos ante una resolución recurrible. Es una cuestión ya resuelta por la Sala y, por su interés, reproducimos nuestro auto de 28 de abril de 2016 -recurso penal 128/2016 -, donde entre otras cosas decíamos lo siguiente:

art. 622 de la LECR dispone que una vez practicadas las diligencias acordadas de oficio o a instancia de parte por el Juez Instructor, si este considera terminado el sumario, lo declarará así, mandando remitir los autos y las piezas de convicción al Tribunal competente para el enjuiciamiento; y conforme a los arts.623, 626 y 627, emplazadas las partes, una vez recibidos los autos por el Tribunal y transcurrido el término del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP La Rioja 22/2020, 17 de Enero de 2020
    • España
    • 17 Enero 2020
    ...Provinciales, del que son exponentes el Auto de la Audiencia Provincial de Badajoz sección 3ª, núm. 106/17 de 22 de mayo de 2017 ( ROJ: AAP BA 100/2017 - ECLI:ES:APBA:2017:100 A ), el Auto de la Audiencia Provincial de Guadalajara sección 1ª del 08 de marzo de 2012 ( ROJ: AAP GU 80/2012 - E......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR