STSJ Asturias 175/2017, 6 de Marzo de 2017

PonenteLUIS QUEROL CARCELLER
ECLIES:TSJAS:2017:622
Número de Recurso281/2016
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución175/2017
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 00175/2017

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

APELACION Nº: 281/2016

APELANTE: D. Maximo, D. Secundino, D. Miguel Ángel y D. Basilio

Procurador: D. Roberto Muñiz Solís

APELADO: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN y CULTURA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Representante: Sr. Letrado del Principado

SENTENCIA DE APELACIÓN

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Luis Querol Carceller

Magistrados:

D. Julio Luis Gallego Otero

Dña. Olga González Lamuño Romay

En Oviedo, a seis de marzo de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 281/2016, interpuesto por D. Maximo D. Secundino, D. Miguel Ángel y D. Basilio, representados por el Procurador D. Roberto Muñiz Solís, contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Oviedo, de fecha 17 de octubre de 2016, siendo parte Apelada la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, representada por el Sr. Letrado del Principado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Luis Querol Carceller.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Ordinario nº 261/2015 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de los de Oviedo.

SEGUNDO

El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de fecha 17 de octubre de 2016 . Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos. TERCERO.- Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 2 de marzo pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala en el presente recurso de apelación, la sentencia dictada el día 17 de octubre de 2016, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Oviedo, en los autos del Procedimiento Ordinario seguido ante el mismo con el número 261 de 2015, desestimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto frente a la desestimación presunta del recurso de alzada formulado contra la denegación del reconocimiento oficial y entrega de premio interesado ante la Consejería de Cultura del Principado de Asturias por el descubrimiento del yacimiento de la cueva "El Sidrón" con el hallazgo de restos fósiles neandertales.

Interesan los recurrentes que se dicte sentencia en la que estimando el recurso se revoque la sentencia apelada y se declare el derecho de los recurrentes a percibir el premio que como descubridores del yacimiento de la cueva...

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