SAP Zaragoza 168/2016, 12 de Mayo de 2016

PonenteJUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ
ECLIES:APZ:2016:2296
Número de Recurso81/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución168/2016
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00168/2016

R. 81/16

SENTENCIA NUMERO CIENTO SESENTA Y OCHO

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

Dª Mª Jesús de Gracia Muñoz

D. Rafael Mª Carnicero Giménez de Azcárate

En Zaragoza, a doce de mayo de dos mil dieciséis.

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados al margen referenciados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 25 de noviembre de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Zaragoza en autos de juicio declarativo ordinario nº 504/15, de que dimana el presente Rollo de Sala nº 81/16, en el que han sido partes, apelantes, los demandantes D. Nazario y Dª Julia, representados por el Procurador D. Pedro Bañeres Trueba y asistidos del Letrado D. Miguel Maldonado Andreu, y asímismo apelante, la demandada BANKIA, S.A., representada por el Procurador D. Ricardo de la Santa Márquez y asistida de la Letrada Dª Mª José Cosmea Rodríguez, habiendo sido designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio Medrano Sánchez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. PEDRO BAÑERES TRUEBA, en representación de D. Nazario y Dª Julia, contra BANKIA, representada por el Procurador D. RICARDO DE LA SANTA MÁRQUEZ, debo declarar y declaro nula la orden de compra de acciones de Bankia que la demandante suscribió el 19 de julio de 2011 por importe de 9.997,50 euros y, en consecuencia, se condene a ésta a reintegrar a los actores dicha suma, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda hasta su pago menos los cobros que hayan percibido los actores por la titularidad de las mismas. Con imposición de costas a la demandada."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por ambas representaciones procesales se interpusieron en tiempo y forma sendos recursos de apelación, los cuales fueron sustanciados conforme a las normas legalmente establecidas, remitiéndose los autos originales de juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes. TERCERO .- Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo de apelación y personadas las partes en legal forma, se señaló para...

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