STSJ Comunidad de Madrid 67/2017, 7 de Febrero de 2017
Ponente | MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO |
ECLI | ES:TSJM:2017:861 |
Número de Recurso | 397/2016 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 67/2017 |
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2017 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2 - 28004
33010280
NIG: 28.079.00.3-2014/0019608
Recurso de Apelación 397/2016
Recurrente : D. /Dña. Ceferino
PROCURADOR D. /Dña. ANA ISABEL JIMENEZ ACOSTA
Recurrido : DELEGACION DEL GOBIERNO EN MADRID
Sr. ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA Nº 67/17
Presidente:
D. /Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS
Magistrados:
D. /Dña. FRANCISCA ROSAS CARRION
D. /Dña. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO
D. /Dña. RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO
D. /Dña. ANA RUFZ REY.
En Madrid a 07 de febrero de 2017.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida en Sección por los Señores anotadas al margen, el recurso de apelación número 397/2016 interpuesto por Don Ceferino, representado por el/la procurador /a Doña Ana Isabel Jiménez Acosta, contra la Sentencia de fecha 10 de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº, 420/2014, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución dictada por el Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid de fecha 4 de septiembre de 2014, que acordó su expulsión de territorio español por un periodo de tres años.
Siendo parte apelada la Administración demandada por el Abogado del Estado.
Notificada la sentencia referida, cuyo fallo desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto, la representación de la parte actora, interpuso recurso de apelación, solicitando su revocación y que se decrete la nulidad de la resolución administrativa referida, basándose en los hechos que constan o en su caso la reducción a dos años del periodo de expulsión.
el recurso de apelación, fue admitido en ambos efectos por providencia en la que también se acordó dar traslado del mismo a las demás partes para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposición.
Formuladas alegaciones por la parte apelada, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo elevó los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, a la Sala de lo Contencioso-administrativo.
Recibidas las actuaciones se acordó dar a los autos el trámite previsto en los artículo 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y no habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para la deliberación y fallo del presente recurso de apelación el 1 de febrero de 2017 en cuyo acto tuvo lugar su celebración.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales, y en y 81 y siguientes de?particular las previsiones de los artículos 80.3 la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO, quien expresa el parecer de la Sección.
El presente recurso de apelación tiene por objeto la Sentencia de fecha 10 de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº, 420/2014, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución dictada por el Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid de fecha 4 de septiembre de 2014, que acordó su expulsión de territorio español por un periodo de tres años.
La sentencia confirmó la resolución impugnada rechazando la desproporcionalidad alegada por la recurrente que entendió que procedía la sanción...
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