SAP Santa Cruz de Tenerife 395/2016, 27 de Junio de 2016
Ponente | ALVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE |
ECLI | ES:APTF:2016:2401 |
Número de Recurso | 301/2015 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 395/2016 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
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SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
Avda. Tres de Mayo nº 3
Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 20 86 40
Fax.: 922 208644
Sección: ANA
Rollo: Recurso de apelación
Nº Rollo: 0000301/2015
NIG: 3803842120140002951
Resolución:Sentencia 000395/2016
Proc. origen: Guarda cust. y alimentos menores no consensuado Nº proc. origen: 0000187/2014-00 Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Santa Cruz de Tenerife
Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:
Demandado Braulio
Fiscal M.FISCAL
Apelante Milagros Gustavo De Jorge Morales Maria Montserrat Espinilla Yagüe
SENTENCIA
Rollo nº 301/2015
Autos nº 187/2014
Jdo. 1ª Inst. Nº 7 de Santa Cruz de Tenerife
Ilt@s. Sres./a
Presidente:
D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE
Magistrad@s:
Dª MARÍA PALOMA FERNÁNDEZ REGUERA
D. ANTONIO MARÍA RODERO GARCÍA
En Santa Cruz de Tenerife, a 27 de junio de dos mil dieciséis. Visto por los Iltm@s. Sres./a. Magistrad@s arriba expresad@s el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia dictada en los autos de guarda y custodia nº 187/2014, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por Dª Milagros, representada por la Procuradora Dª Montserrat Espinilla Yagüe, y asistida por el Letrado D. Gustavo de Jorge Morales, contra D. Braulio, declarado en rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY; la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrada Juez Dª Lorena Quiles Vallejo, dictó sentencia el 1 de diciembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda presentada por la Procuradora Doña Montserrat Espinilla Yagüe, en nombre y representación de Doña Milagros contra Don Braulio, debo DECLARAR y DECLARO los siguientes efectos respecto de la hija menor de ambos:
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- La Patria Potestad compartida por ambos progenitores.
-
- La guarda y custodia de los menores a favor de la madre.
-
- El progenitor no custodio tendrá el régimen de visitas de conformidad con lo fijado en el Fundamento Jurídico Tercero de la presente Resolución.
-
- El padre deberá de abonar a favor de sus hijos una pensión de alimentos de 200 euros mensuales (100 Euros por hijo). La referida cantidad será ingresada dentro de los cinco días de cada mes en la cuenta que designe la madre y será actualizable dicha cantidad anualmente según las variaciones que experimente el IPC o índice que lo sustituya.
-
- Los gastos extraordinarios se sufragarán por la mitad y partes iguales por ambos progenitores. No ha lugar a hacer expreso pronunciamiento sobre la imposición de costas."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se interpuso recurso de apelación, evacuándose el respectivo traslado, formulándose oposición por el Ministerio Fiscal, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada...
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