ATS, 22 de Marzo de 2017
Ponente | ANTONIO SALAS CARCELLER |
ECLI | ES:TS:2017:2544A |
Número de Recurso | 881/2016 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil diecisiete.
Por la representación procesal de Don Ángel Jesús se presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 6 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 166/2014 dimanante del juicio ordinario n.º 1842/2012 del Juzgado de Primera instancia n.º 10 de Murcia.
Mediante Diligencia de Ordenación de 7 de marzo de 2016 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
Por la Procuradora doña Mónica Paloma Fente Delgado, en nombre y representación de don Ángel Jesús , se presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador don Julián Sanz Aragón, en nombre y representación de don Candido , se presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.
Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Antonio Salas Carceller
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por las representación procesal Don Ángel Jesús al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad con el art. 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
En virtud de lo expuesto,
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Don Ángel Jesús contra la sentencia dictada con fecha de 6 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 166/2014 dimanante del juicio ordinario n.º 1842/2012 del Juzgado de Primera instancia n.º 10 de Murcia.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.