SAP Granada 28/2017, 24 de Enero de 2017

PonenteAURORA MARIA FERNANDEZ GARCIA
ECLIES:APGR:2017:24
Número de Recurso285/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución28/2017
Fecha de Resolución24 de Enero de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

GRANADA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 285/2016

PROCED. ABREVIADO Nº 262/2015 de Instrucción nº 8 de Granada

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 de Granada (J.O. nº 80/2016)

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, formada por los Ilmos. Sres. relacionados al margen, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA Nº 28 /2017

ILMOS. SRES MAGISTRADOS:

D. JOSÉ Mª SÁNCHEZ JIMÉNEZ (Presidente)

Dña. AURORA Mª FERNÁNDEZ GARCÍA

D. JAVIER RUIZ CASAS

..............................................................

En la ciudad de Granada a veinticuatro de enero de 2017.-Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial, sin necesidad de celebración de vista, las diligencias de Procedimiento Abreviado nº 262/2015, instruido por el Juzgado de Instrucción nº 8 de Granada, y fallado por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Granada, Juicio Oral nº 80/2016, por un delito contra la seguridad vial (conducción sin puntos), siendo partes, como apelante Primitivo

, representado por la Procuradora Dña. Laura Cabezas Pérez y defendido por la Letrada Dña. Mª Carmen González Jiménez y como apelado el Ministerio Fiscal, actuando como ponente la Ilma. Sra. Dña. AURORA Mª FERNÁNDEZ GARCÍA, que expresa el parecer de esta Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granada se dictó sentencia con fecha 22 de julio de 2016, en la cual se declaran probados los siguientes hechos: " El acusado, sobre las 10:10 horas del día 25-10-2015, conducía el vehículo marca SUZUKI modelo SEIT, matrícula ....-MVV por la calle Alhambra de la localidad de Belicena (Vegas del Genil-Granada), careciendo de permiso para conducir por pérdida de la vigencia como consecuencia de la retirada de los puntos necesarios que la habilitan, en el expediente nº NUM000 de la Jefatura provincial de Tráfico de Granada.

En dicho expediente se dictó Resolución de pérdida de vigencia el día 11-10-2009, que fue notificada vía edictal, en el Boletín Oficial el día 17-12-2009, pues la carta con acuse de recibo remitida al domicilio del acusado sito en la CALLE000, nº NUM001 de Maracena no fue entregada al acusado, figurando como ausente en el acuse de recibo, domicilio donde reside con su madre. Al acusado, el día 30-03-2014, se le abrió otro expediente sancionador (nº NUM002 ) cuando fue sancionado por otra infracción administrativa, momento en el que la Guardia Civil aprovechó para comunicarle personalmente la sanción por pérdida de puntos antes referida ".- SEGUNDO.- La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente: " DEBO CONDENAR Y CONDENO A D. Primitivo como autor responsable de un delito contra la Seguridad Vial del artículo 384.1 del Código Penal a la pena de 15 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del artículo 53 del C.P y costas ".- TERCERO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Primitivo basándose en error en la valoración de la prueba, indebida aplicación del art. 384 del C.P ., vulneración del principio de presunción de inocencia, solicitud de pena de trabajos en beneficio de la comunidad, y por último, rebaja en la cuota diaria fijada. El recurrente solicita la libre absolución, y subsidiariamente, la imposición de pena de multa.- CUARTO.- Presentado ante el Juzgado " a quo " el referido escrito de apelación se dio traslado a las demás partes por un plazo común de diez días, conforme al Art. 790.5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, transcurrido el cual fueron remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, habiéndose señalado para su deliberación, votación y fallo el día diecisiete del presente, al no estimarse necesaria la celebración de vista.- QUINTO.- Se acepta íntegramente la relación de hechos probados que contiene la sentencia apelada y que quedó antes transcrita.- SEXTO.- No precede hacer pronunciamiento sobre las costas causadas en esta segunda instancia.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza el recurrente contra la sentencia de instancia, condenado como autor de un delito contra la seguridad vial -conducción sin puntos- a la pena de quince meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros y responsabilidad personal subsidiaira en caso de impago, alegando diversos motivos, error en la valoración de la prueba, indebida aplicación del art. 384 del C.P ., vulneración del derecho a la presunción de inocencia, y subisidiariamente a los anteriores, solicitud de pena de trabajos en beneficio de la comunidad, y subsidiariamente a lo anterior, rebaja en el importe de la cuota fijada para la multa. En núcleo central de la impugnación se centra, como veremos, en negar el acusado la concurrencia de los elementos del delito por el que ha sido condenado, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR