SAP Baleares 26/2017, 30 de Enero de 2017
Ponente | MONICA DE LA SERNA DE PEDRO |
ECLI | ES:APIB:2017:128 |
Número de Recurso | 386/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 26/2017 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE Palma de Mallorca
SECCIÓN SEGUNDA
Apelación penal nº 386/2016
Procedimiento abreviado nº 136/2016
Juzgado Penal 1 IBIZA
S E N T E N C I A NUM.26/2017
S.S. Ilmas.
DÑA. MARIA DEL CARMEN GONZALEZ MIRÓ
DÑA. MÓNICA DE LA SERNA DE PEDRO.
DOÑA. ANA MARIA CAMESELLE MONTIS
En la ciudad de Palma de Mallorca, a 30 de enero de 2017.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al margen, ha visto el presente recurso de apelación contra la sentencia nº237/16, dictada en Procedimiento abreviado número 136/16, seguido ante el Juzgado Penal 1 de Ibiza
Es apelante Dña. Alicia, representado por el Procurador D.Alberto Vall Cava de Llano y dirigido por el Letrado María Rivas Roig. Son apelados el MINISTERIO FISCAL, así como Hugo, representado por la Procuradora Yolanda Gloria Betrian Diez y dirigido por el Letrado María del Pilar Moreno Navarro.
Es Ponente de esta resolución la Magistrada Ilma. Sra MÓNICA DE LA SERNA DE PEDRO.
Por el Juzgado Penal 1 de Ibiza se dictó sentencia en el presente procedimiento en fecha 1/09/2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO Que debo absolver y absuelvo a Hugo del delito de impago de pensiones del que viene siendo acusado por el Ministerio Fiscal y Acusación Particular, declarando de oficio las costas procesales."
Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación, mediante escrito debidamente motivado, del que se dio traslado a los apelados para adhesión o impugnación, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo, solicitando la íntegra confirmación de la sentencia de instancia.
Remitidos los autos a la Audiencia, esta acordó formar rollo, y se designó Magistrado Ponente al que se entregaron las actuaciones, señalándose día y hora para deliberación y votación el día 4 de enero de 2017.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se hacen propios los de la sentencia recurrida, en cuanto no contradigan lo argumentado en la presente resolución. "Por conformidad se declara que el acusado Hugo, mayor de edad, sin antecedentes penales viene obligado en virtud de sentencia de 12/06/2009 dictada en el
procedimiento nº 1134/08 del Juzgado de 1º Instancia nº uno de Ibiza, a pagar una pensión de alimentos a favor del hijo mayor de edad, Rosendo, que tiene con la denunciante Alicia, en cuantía de 175 euros mensuales.
En fecha 29/06/15, siendo mayor de edad Rosendo,
Alicia interpuso denuncia reclamando el pago de la pensión de alimentos, por impago de las pensiones
devengadas los meses de marzo, abril, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2015."
La sentencia que se recurre absuelve al acusado del delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones que se le imputaba, ello tras considerar la juez "a quo" que nos encontramos ante un supuesto de falta del requisito de procedibilidad previsto en el art. 228 del CP, por cuanto la denunciante no se encuentra legitimada para interponer la denuncia, siendo que a la fecha de la misma el hijo beneficiario de la pensión alimenticia ya ostentaba la mayoría de edad.
La Acusación Particular alega en el recurso infracción de garantías procesales, con vulneración del art. 24 de la CE en cuanto al derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, y por infracción del art. 227.1 -por su inaplicación-, así como incorrecta interpretación del art. 228 del CP.
El Ministerio Fiscal y la defensa impugnan el recurso e interesan la confirmación de la sentencia, al hallarla ajustada a Derecho.
Esta Sala ya ha tenido ocasión de pronunciarse en anteriores ocasiones sobre el tema...
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