SAP Toledo 12/2017, 19 de Enero de 2017
Ponente | EMILIO BUCETA MILLER |
ECLI | ES:APTO:2017:37 |
Número de Recurso | 146/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 12/2017 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TOLEDO 00012/2017
Rollo Núm. ........................ 146/2016.-Juzg. de lo Penal Núm. 1 de de Toledo.-J. Rápido Núm. .................... 55/2016.- SENTENCIA NÚM. 12
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BUCETA MILLER
D. URBANO SUAREZ SANCHEZ
Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE
En la Ciudad de Toledo, a diecinueve de enero de dos mil diecisiete.
Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NO MBRE DEL REY, la siguiente,
SENTENCIA
Visto en juicio oral y público el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección núm. 146 de 2016, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, en el Juicio Rápido núm. 55/2016, por un delito de conducción sin licencia o permiso y en las Diligencias Urgentes núm. 37/2016 del Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Orgaz, en el que han actuado, como apelante el MINISTERIO FISCAL, y como apelado, Ernesto, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Manceras Ramírez y defendido por el Letrado Sr. Maldonado Mendiola.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,
Por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, con fecha 4 de julio de 2016, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Ernesto de UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL POR CARENCIA DEL PERMISO DE CONDUCIR del que venía siendo acusado, con declaración de las costas del proceso".- SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por el MINISTERIO FISCAL, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, invocando como motivos de impugnación los que constan en su escrito, y solicitando que se dictara nueva sentencia en el sentido de se estime el recurso y se revoque la sentencia apelada, y recurso del que se dio traslado a la parte interviniente, que en su escrito manifestó que se confirme la resolución recurrida; y formalizado el recurso se remitieron los autos a esta Audiencia, donde personadas las partes, se formó el oportuno rollo y nombrado Magistrado-Ponente, quedaron vistos para deliberación y resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son
HECHOS PROBADOS
Se declara probado que "PRIMERO.- Sobre las 8'20 horas del día 20 de Mayo de 2016 Ernesto condujo el turismo Rénault Laguna matrícula PI-....-W, a pesar de no disponer de permiso de conducir, por la carretera CM-401 donde, a la altura de su punto kilométrico 17'500, fue interceptado por una patrulla de agentes de Guardia Civil que estaban desarrollando un punto rutinario de control, sin que ejecutara ninguna maniobra con...
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