SAP Barcelona 824/2016, 28 de Octubre de 2016

PonenteFRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
ECLIES:APB:2016:12331
Número de Recurso1248/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución824/2016
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA N. 824/2016

Barcelona, 28 de octubre de 2016

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Myriam Sambola Cabrer

Anna Maria García Esquius

Rollo n.: 1248/2015

Efectos de la extinción de pareja estable n.: 861/2014

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 4 de DIRECCION000

Objeto del recurso: reclamación de un régimen de relación progresivo a través de Punt de Trobada Motivo del recurso: error en la valoración de la prueba

Apelante: Trinidad

Abogada: C. de la Cruz Muñoz

Procurador: S. Bastida Batlle

Apelado: Fulgencio

Abogado: F. Pujol Giralt

Procurador: M. Miquel Fageda

Y el Ministerio Fiscal

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 15 de diciembre de 2014 el Sr. Fulgencio presentó demanda en la que solicita que se atribuya la guarda de un menor a la madre, con visitas a su favor de fines de semana alternos de 10 h. de la mañana del sábado a 20 h. del domingo (también los días 25 y 26 de diciembre un año y 1 y 2 de enero el siguiente y 20 días en sus vacaciones, que no son en verano) y los miércoles por la tarde y pago por su parte de 310 euros al mes de alimentos y 50% de gastos extraordinarios. Relata que, sin llegar a convivir, los litigantes tuvieron un hijo, Jorge, nacido en 2011 y la madre no le permite ver al menor.

    El Ministerio Fiscal se remite al resultado de las pruebas.

    La Sra. Trinidad contesta y sostiene que el padre ha realizado visitas esporádicas al menor, a petición de la madre y sospecha de abusos sexuales del padre con el menor y lo ha denunciado. La Sentencia recurrida, de fecha 19 de junio de 2015, reproduce la argumentación del Auto de medidas provisionales y rechaza la existencia de abusos. En suma, el juez estima la demanda, atribuye la guarda a la madre, fija visitas para el padre de 11 h. de sábado a 20 de domingo en semanas alternas, de 11 a 20 h. los festivos no coincidentes con vacaciones, los miércoles hasta las 20 h., los días 25 y 26 de diciembre un año y 1 y 2 de enero el siguiente y 20 días en sus vacaciones y pago por su parte de 300 euros al mes de alimentos y 50% de gastos extraordinarios.

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO

    La parte recurrente sostiene que el informe de la UFAM incurre en contradicciones y que existen indicios suficientes de la presunta existencia de abusos sexuales del padre sobre el menor. Pide que las visitas sean supervisadas por psicólogo y que el régimen de visitas sea gradual y siempre en el punto de encuentro, con la periodicidad establecida en medidas provisionales y a evaluar una futura ampliación.

    La parte apelada se opone y dice que se ha descartado todo indicio de abuso, por lo que las visitas no se pueden limitar.

    El Ministerio Fiscal pide la confirmación de la sentencia.

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    El asunto presenta diligencia de reparto de fecha 7 de enero de 2016. Se han unido documentos y se ha practicado informe del EATAF. No se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala ha tenido lugar el día 25 de octubre de 2016. Esta resolución no se ha dictado en el plazo previsto en el art. 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento civil (LEC ), lo que se hace constar a los efectos del art. 211.2 LE

C . FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. LA VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS

    El informe del UFAM concluye que no hay signo de abusos.

    En el Rollo, el padre acepta un reinicio progresivo de la relación con dos meses de visitas dos horas por las tardes y cuatro los sábados, antes de normalizar el régimen de sentencia. La...

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