SAP Barcelona 411/2016, 28 de Septiembre de 2016

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2016:12222
Número de Recurso1/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución411/2016
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA

ROLLO núm. 1/2013

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 57 BARCELONA

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 265/2012

S E N T E N C I A núm. 411/2016

Ilmos. Sres.:

Don José Antonio Ballester Llopis

Dª Mireia Borguñó Ventura

Dª María Sanahuja Buenaventura

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 265/2012 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 57 Barcelona, a instancia de PELAYO, MUTUA DE SEGUROS quien se encontraba debidamente representado/ a por Procurador y asistido/a de Letrado, actuaciones que se instaron contra Secundino, quien igualmente compareció en legal forma mediante Procurador que le representaba y la asistencia de Letrado; actuaciones que penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de Secundino contra la Sentencia dictada en los mismos de fecha 19 de septiembre de 2012, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia recaída ante el Juzgado de instancia y que ha sido objeto de apelación, es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por la representación procesal de PELAYO, MUTUA DE SEGUROS contra D. Secundino, condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTE Y SEIS CÉNTIMOS (9359,86 euros), que devengará el interés legal desde la fecha de la interpelación judicial hasta su completo pago. Se impone a la parte demandada el pago de las costas causadas en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Secundino y admitido se dio traslado del mismo al resto de las partes con el resultado que es de ver en las actuaciones, y tras ello se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en la Ley, se señaló fecha para celebración de la votación y fallo que tuvo lugar el pasado catorce de septiembre de dos mil dieciséis.

CUARTO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Ballester Llopis.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la msentencia apelada.

SEGUNDO

Por la resolución de primer grado estimándose la demanda deducida por PELAYO MUTUA DE SEGUROS en reclamación de la suma de 9.359,86 euros, que ha tenido que pagar por daños ocasionados en la vivienda asegurada por la actora a consecuencia de los daños ocasionados por la vivienda ocupada por el demandado, se condena a éste a que pague dicha suma. Frente a semejante pronunciamiento se alza el demandado, declarado en situación procesal de rebeldía procesal, invocando en la alzada dos sentencias sobre damnificados en el mismo edificio y por el mismo incendio en las que recae sentencia absolutoria.

TERCERO

De las actuaciones resulta que el accidente pudo desencadenarse en la base de enchufes múltiples del televisor, así como por explosión de gas, a pesar de que las instalaciones eran...

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