SAP Barcelona 411/2016, 28 de Septiembre de 2016
Ponente | JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS |
ECLI | ES:APB:2016:12222 |
Número de Recurso | 1/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 411/2016 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA
ROLLO núm. 1/2013
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 57 BARCELONA
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 265/2012
S E N T E N C I A núm. 411/2016
Ilmos. Sres.:
Don José Antonio Ballester Llopis
Dª Mireia Borguñó Ventura
Dª María Sanahuja Buenaventura
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 265/2012 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 57 Barcelona, a instancia de PELAYO, MUTUA DE SEGUROS quien se encontraba debidamente representado/ a por Procurador y asistido/a de Letrado, actuaciones que se instaron contra Secundino, quien igualmente compareció en legal forma mediante Procurador que le representaba y la asistencia de Letrado; actuaciones que penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de Secundino contra la Sentencia dictada en los mismos de fecha 19 de septiembre de 2012, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
El fallo de la Sentencia recaída ante el Juzgado de instancia y que ha sido objeto de apelación, es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por la representación procesal de PELAYO, MUTUA DE SEGUROS contra D. Secundino, condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTE Y SEIS CÉNTIMOS (9359,86 euros), que devengará el interés legal desde la fecha de la interpelación judicial hasta su completo pago. Se impone a la parte demandada el pago de las costas causadas en el presente procedimiento."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Secundino y admitido se dio traslado del mismo al resto de las partes con el resultado que es de ver en las actuaciones, y tras ello se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial.
De conformidad con lo previsto en la Ley, se señaló fecha para celebración de la votación y fallo que tuvo lugar el pasado catorce de septiembre de dos mil dieciséis.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Ballester Llopis.
Los de la msentencia apelada.
Por la resolución de primer grado estimándose la demanda deducida por PELAYO MUTUA DE SEGUROS en reclamación de la suma de 9.359,86 euros, que ha tenido que pagar por daños ocasionados en la vivienda asegurada por la actora a consecuencia de los daños ocasionados por la vivienda ocupada por el demandado, se condena a éste a que pague dicha suma. Frente a semejante pronunciamiento se alza el demandado, declarado en situación procesal de rebeldía procesal, invocando en la alzada dos sentencias sobre damnificados en el mismo edificio y por el mismo incendio en las que recae sentencia absolutoria.
De las actuaciones resulta que el accidente pudo desencadenarse en la base de enchufes múltiples del televisor, así como por explosión de gas, a pesar de que las instalaciones eran...
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