SAP Valencia 405/2009, 30 de Junio de 2009

PonenteVICENTE ORTEGA LLORCA
ECLIES:APV:2009:2826
Número de Recurso206/2009/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución405/2009
Fecha de Resolución30 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

SENTENCIA nº 405

Presidente

Don Vicente Ortega Llorca

Magistradas

Doña María Mestre Ramos

Doña Mª Eugenia Ferragut Pérez

En la ciudad de Valencia, a 30 de junio de 2009.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por el señor y las señoras del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de diciembre de 2008 y auto aclaratorio de 18 de diciembre de 2008, recaídos en autos de juicio ordinario nº 997 de 2007, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de los de Valencia, a los que se acumularon los autos de juicio ordinario nº 1244 de 2007 deI Juzgado de Primera Instancia nº 22 de los de Valencia, sobre participación en gastos comunes y nulidad de acuerdo.

Han sido partes en el recurso, como apelante la demandante (demandada acumulada) COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DIRECCION000 DE DIRECCION001 NUM000 DE VALENCIA, representada por la procuradora doña Ana García Llacer Bort y defendida por el abogado don Juan Ignacio Zaera Navarrete, y como apelada la demandada (demandante acumulada) LANDLORD S.A., representada por la procuradora doña Natalia del Moral Aznar y defendida por la abogada doña Sandra Aurrecoechea Ríos.

Es ponente don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada, integrada con el auto aclaratorio, dice:«Que desestimándose íntegramente la demanda principal interpuesta por la Procuradora Doña Ana García Llacer Bort, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 de DIRECCION001 , número NUM000 de Valencia, contra la mercantil Landlord, SA., representada por la Procuradora Doña Natalia del Moral Aznar, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones de la actora, con expresa condena en costas a la parte actora; y estimándose parcialmente la demanda acumulada de impugnación de acuerdos interpuesta por la Procuradora Doña Natalia del Moral Aznar, en nombre y representación de la mercantil Landlord, SA, contra la Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 de DIRECCION001 número NUM000 de Valencia, debo declarar y declaro contraria a los estatutos el acuerdo de liquidación de 12 de marzo de 2007, debiendo en su caso realizarse nueva liquidación ajustada al contenido de los estatutos, sin hacer expresa condena en costas.»

SEGUNDO

La defensa de la Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 de DIRECCION001 , número NUM000 de Valencia, interpuso recurso de apelación, en solicitud de que se estime su demanda condenando a Lanlord, SA. al pago de 4.197,49, más intereses legales (procedimiento 997/07), y se desestime la demanda planteada por LANLORD, S.A. (procedimiento acumulado 1244/07) declarando válido el acuerdo impugnado y por ende las liquidaciones practicadas por la Comunidad, con expresa imposición de costas, en ambos casos, tanto en la instancia como en esta apelación a la apelada.

TERCERO

La defensa de Lanlord, SA, presentó escrito de oposición al recurso y solicitó la confirmación de la sentencia, con expresa condena en costas de esta alzada a la parte apelante.

CUARTO

Recibidos los autos por este Tribunal, se señaló para deliberación y votación el día 29 de junio de 2009, en el que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución impugnada, sólo en cuanto no se opongan a los de ésta.

PRIMERO

La parte recurrente argumentó en síntesis que el juzgador de la primera instancia, después de manifestar acertadamente la postura restrictiva de nuestra Jurisprudencia...

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