SAP Valencia 333/2009, 17 de Junio de 2009

PonenteMARIA FE ORTEGA MIFSUD
ECLIES:APV:2009:2014
Número de Recurso216/2009/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución333/2009
Fecha de Resolución17 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

SENTENCIA Nº_000333/2009

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

D. EUGENIO SANCHEZ ALCARAZ

Magistrados/as

D. ENRIQUE E. VIVES REUS

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

En la ciudad de VALENCIA, a diecisiete de junio de dos mil nueve.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra. Dª. Mª FE ORTEGA MIFSUD, los autos

de Juicio Ordinario, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de XATIVA, con el nº 000637/2007, por D. Pedro Francisco contra Dª Benita , pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª Benita .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 1 de XATIVA, en fecha 9 de Septiembre de 2008 , contiene el siguiente: "FALLO: Que debo estimar parcialmente la demanda de juicio ordinario formulada por el Procurador Sr. Amorós García en nombre y representación de don Pedro Francisco contra Doña Benita condenando a ésta a abonar a aquél la cantidad de a 2.873,08 euros y los intereses legales sobre dicha cantidad desde el día 13 de junio de 2007 hasta el completo pago de la cantidad debida, sin pronunciamiento en costas".

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Dª Benita , que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 27 de Mayo de 2009 ..

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dº Pedro Francisco formuló demanda de juicio monitorio contra Dª Benita en reclamación de 7.364'57 euros y con fundamento en que el demandante realizo diversos trabajos de albañilería para lademandada en la vivienda que posee en la Calle Partida la Valvula de Canals . Que los trabajos efectuados ascendieron a la cantidad de 30.364'57 euros y del importe reseñado la demandada ha abonado 23.000 euros quedando pendiente de pago la cantidad reclamada . Efectuado el requerimiento de pago la demandada se opuso alegando no deber ninguna cantidad al demandante y que los documentos aportados se habían confeccionado para esta reclamación sin que respondan a la realidad de las relaciones comerciales entre las partes . Ante la oposición formulada la parte demandante formulo demanda de juicio ordinario y la parte demandada se opuso alegando la falta de legitimación pasiva , ya que la relación comercial del demandante para dichos trabajos fue establecida con el esposo de la demandada y titular privativo de la vivienda donde se llevaron a cabo las obras de albañilería por lo que la demandada nada ha contratado . El señor Cecilio esposo de la demandada, pidió presupuesto al demandante , que fue aceptado a excepción de la partida de ventanas que se contrató con otra empresa y además se dejo fuera de presupuesto 1800 euros de extras de cocina , apartado "G" , reduciéndose dicho apartado a 2.900 euros por lo que el presupuesto quitadas las dos partidas ascendía a 13.936 euros. El 24 de Julio de 2006 se elabora un presupuesto ajeno a los trabajos anteriores por importe de 9740'80 euros , en total suma 23.676 euros y que fue pagado por el esposo de la demandada mediante entregas en efectivo según consta en el margen derecho del documento nº1 aportado por le demandante . Con posterioridad al pago de dichas cantidades el actor informo Don Cecilio que necesitaba facturar al menos parte de los trabajos y libro la facturanº23 a nombre de Remalor SL , sociedad del esposo de la demandada y por causas que se desconocen el demandante ha librado contra la demandada unas facturas por unos trabajos que no se han devengado y que se han generado para este pleito, así hay facturas que llevan la misma fecha del presupuesto lo que no puede ser , lanº23 lleva el mismo numero que la que va a nombre de Remalor SL y la factura nº27 no se sabe a que trabajos corresponden y por ultimo en cuanto al IVA debe ser del 7% y no del 16% . La sentencia de instancia estimo en parte la demanda condeno a la demandada al pago de 2.873 '08 euros y frente a dicha resolución formula recurso de apelación la demandada .

SEGUNDO

La parte demandada y apelante funda su recurso en la falta de legitimación pasiva y la fundamenta en una triple causa , no es la propietaria de la...

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