SAP Almería 505/2016, 14 de Diciembre de 2016

PonenteJOSE MARIA CONTRERAS APARICIO
ECLIES:APAL:2016:1053
Número de Recurso791/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución505/2016
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIA

ALMERÍA

SECCIÓN SEGUNDA

SENTENCIA Nº 505/16

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO

MAGISTRADOS

Dª . SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS Y CID

Dª . ALEJANDRA DODERO MARTÍNEZ

En Almería, a 14 de diciembre de 2016.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 791/16, el P.A 658/13, procedente del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, siendo apelante el Ministerio Fiscal y apelados Donato y Jon, representados por los Procuradores José Luis Vázquez Guzmán y María José Andreu Martínez y defendidos por los Letrados Manuel J. Barranco Fernández y Eduardo Fernández Segura.

Y Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 15/09/16, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: " Se declara probado que sobre las 06:00 horas del día 21 de septiembre de 2009, el acusado Jon, mayor de edad y con antecedentes penales no computables para esta causa y Donato, mayor de edad, sin antecedentes penales, circulaban en un vehículo matrícula .... RBV, en la carretera Hijate-Alcóntar km.23, dentro de la demarcación de Hijate (Almería), cuando fueron interceptados por agentes de la Guardia Civil, que realizaban labores de reconocimiento, y al registrar el interior del maletero hallaron una planta con apariencia de ser sustancia estupefaciente.

Efectuado análisis de la sustancia incautada resultó ser marihuana, con un peso neto seco estimado de 407,38 gramos y un T.C.H 2,10% y un valor en el mercado ilícito de 1.450,27 Euros

No ha resultado acreditado que los acusados, que eran consumidores de sustancias estupefacientes, tuviesen la intención de destinar la sustancia estupefaciente incautada a su consumo por terceras personas."

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo: "Que debo ABSOLVER y ABSUELVO libremente a Jon y a Donato del DELITO DE TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES por el que venían acusados, dejando SIN EFECTO las medidas cautelares que se hubieren adoptado respecto de los mismos en el presente procedimiento y declarando de oficio las costas ocasionadas."

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las partes.

Se elevaron las actuaciones a este tribunal, señalándose el día 14 de diciembre de 2016, declarándose concluso para Sentencia.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y dan por reproducidos los que con tal naturaleza se describen en el correspondiente apartado de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia absolutoria dictada por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal Nº 4 de los de Almería en la causa de la que dimana el presente Rollo de Apelación, se alza el Ministerio Fiscal solicitando la declaración de nulidad de la misma, alegando como único motivo de recurso el error en la valoración de la prueba en el que incurrió dicha juzgadora, en cuanto consideró y consignó en la declaración de Hechos Probados: "Que no ha resultado acreditado que los acusados, que eran consumidores de sustancias estupefacientes, tuviesen la intención de destinar la sustancia estupefaciente incautada a su consumo por terceras personas." Considera el Ministerio Público que dicha afirmación se aparta de las reglas mínimas de experiencia y, además, de la jurisprudencia de Tribunal Supremo que establece las cantidades a partir de las que puede inferirse que...

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