SAN, 13 de Julio de 2009

PonenteCARLOS LESMES SERRANO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2009:3723
Número de Recurso545/2008

SENTENCIA

Madrid, a trece de julio de dos mil nueve.

Vistos por esta Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional los autos del recurso

contencioso-administrativo núm. 545/08 interpuesto por el Procurador DON ISACIO CALLEJA GARCÍA, en nombre y

representación de SABERLOTODO INTERNET, SL, contra resolución de fecha 1 de agosto de 2008 de la Agencia Española de

Protección de Datos, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, dictada en Expediente Sancionador PS/003/2008.

La cuantía del recurso es de 360.607,26 Euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte recurrente se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito presentado el 22 de septiembre de 2008, acordándose por providencia de 20 de octubre siguiente su tramitación de conformidad con las normas establecidas en la Ley 29/98 , y la reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó la demanda mediante escrito presentado el 15 de diciembre de 2008, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminó suplicando se dictara sentencia por la que estimando íntegramente la demanda, se anule la Resolución impugnada por ser contraria a Derecho, con expresa condena en costas a la Administración demandada.

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 29 de abril de 2009, en el cual, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó oportunos, terminó suplicando se dictara sentencia por la que se desestime el presente recurso y confirmando la resolución administrativa impugnada por ser conforme a Derecho, con imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

No habiéndose solicitado por las partes el recibimiento a prueba de las presentes actuaciones ni tampoco la celebración de vista o formulación de conclusiones escritas, se declaró concluso el recurso, señalándose para votación y fallo el día 8 de julio de 2009, fecha en la que tuvo lugar la deliberación y votación, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don CARLOS LESMES SERRANO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SABERLOTODO INTERNET, S.L., interpone recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 1 de agosto de 2008 dictada por el Director de la Agencia Española de Protección de Datosen el expediente sancionador PS/003/2008, por la que se le impone dos sanciones, una de 60.101,21 euros por la comisión de una infracción del art. 6.1 en relación con el art. 44.3.d) de la LOPD y otra de 300.506,05 por la comisión de una infracción del art. 11.1 en relación con el art. 44.4.b) de la misma Ley Orgánica , de conformidad en ambos casos con el art. 45.2 y 4 de dicha Ley .

En esta Resolución combatida se consideran probados los siguientes hechos:

PRIMERO

En los ficheros de GAS NATURAL figuran los datos de D. Horacio , con DNI número NUM000 , y domicilio en C/ DIRECCION000 , NUM001 , hotel, 28023 Madrid (folios 16 a 18, 21 y 22).

SEGUNDO

Las entidades GAS NATURAL e INTRUM JUSTITIA suscribieron un contrato de prestación de servicio, de fecha 14/10/2004, en virtud del cual ésta se obliga a realizar gestiones de cobro amistosas de clientes deudores de aquélla (folios 76 a 81).

En virtud de este contrato, GAS NATURAL encargó a INTRUM JUSTITIA el recobro de la deuda del cliente D. Horacio , con DNI número NUM000 , y domicilio en C/ DIRECCION000 , NUM001 , hotel, 28023 Madrid.

TERCERO

Según las manifestaciones realizadas por INTRUM JUSTITIA a los Servicios de Inspección de la Agencia Española de Protección de Datos, dicha entidad remitió una carta al cliente de GAS NATURAL citada en los Hechos probados anteriores, dirigida al domicilio facilitado por esta entidad, que fue devuelta sin entregar a su destinatario (folio 72).

CUARTO

Con fecha 02/03/2006, INTRUM JUSTITIA remitió al denunciante, D. Horacio con DNI número NUM000 , una comunicación en la que constan el nombre y apellidos del denunciante y su domicilio en C/ DIRECCION001 NUM002 , NUM003 , en Madrid (28035). En dicha comunicación se reitera el requerimiento de pago de una supuesta deuda con GAS NATURAL (folio 5).

QUINTO

El denunciante D. Horacio ha declarado que no mantiene ninguna relación contractual con la entidad GAS NATURAL (folio 3).

SEXTO

INTRUM JUSTITIA ha declarado que obtuvo los datos personales del denunciante, D. Horacio , a través del sitio Web "...X...", en concreto los relativos a nombre, apellidos, domicilio en la DIRECCION001 NUM002 , NUM003 , en Madrid (28035), y fecha de nacimiento el 27/07/1985, y que utilizó tales datos para emitir un requerimiento de pago dirigido al mencionado domicilio, de fecha 01/03/2006 (folios 72 y 104 a 106).

SÉPTIMO

Con fecha 08/03/2006, el denunciante, D. Horacio , contactó con la entidad INTRUM JUSTITIA para manifestarle que no mantiene contrato alguno con la entidad GAS NATURAL. En esa misma fecha, INTRUM JUSTITIA remitió una carta al denunciante informándole sobre el error cometido y, según manifestó dicha entidad, procedió a actualizar sus registros, cancelando los datos proporcionados por la entidad SABERLOTODO. En dicha carta se indica lo siguiente (folios3, 72, 73 y 83):

"Al procesar los datos recibidos de Gas Natural SDG, se ha producido un error que ha dado lugar al envío de la carta que ha recibido. Tras recibir su llamada, este error ha sido detectado y subsanado...".

OCTAVO

A fecha 18/05/2006, la información que consta en los Sistemas de Información de la entidad INTRUM JUSTITIA relativa a las incidencias señaladas en los Hechos Probados anteriores, además de los datos relativos a nombre, apellidos y domicilio ( DIRECCION000 NUM001 , Hotel, Madrid) del cliente de GAS NATURAL, es la siguiente (folio 87):

"18-02-2006 Carta informativa : Horacio .

28-02-2006 Carta devuelta (CART 1 ) Desconocido

01-03-2006 Carta recordatoria 1 (manual): Horacio

08-03-2006 LL Padre de TT MIQ SU HIJO

08-03-2006 Localización Apellidos: Horacio DNI

08-03-2006 Remitimos carta disculpas".

NOVENO

Con fecha 01/04/2005, INTRUM JUSTITIA y D. Juan Francisco suscribieron un contrato en virtud del cual aquella entidad obtiene, a través de la Web "saberlotodo.com", información relativa a nombre, apellidos, documento nacional de identidad, lugar de residencia y personas que conviven en ese mismo domicilio, código postal, provincia, población, fecha de nacimiento, población de nacimiento y provincia de nacimiento, de las personas que figuran en los ficheros del prestador del servicio, a través del sitio Web "saberlotodo.com" (folios 99 a 103y 110 a 114).

En dicho Contrato se conviene lo siguiente:

"El presente contrato tiene por objeto la prestación del servicio de suministro de información por parte de SABERLOTODO.COM a Intrum Justitia Ibérica, S.A. a través de la Red de Internet, en concreto a través de la página Web www.saberlotodo.com....

SABERLOTODO.COM garantiza que la información contenida en la base de datos suministrada proviene de fuentes accesibles al público ...

SABERLOTODO.COM se compromete, mediante el presente contrato, a garantizar que los datos de carácter personal se obtendrán de los registros y fuentes accesibles al público establecidos al efecto... o mediando el consentimiento del afectado tanto para las comunicaciones de sus datos al cliente como para su tratamiento posterior...

El plazo de duración del presente contrato se conviene por tiempo de un mes a contar desde su fecha...".

DÉCIMO

Con fecha 22/04/2004, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos acordó proceder a la inscripción en el Registro General de Protección de Datos del fichero denominado "DOMICILIOS", figurando como responsable del mismo D. Juan Francisco . Actualmente, según la información obtenida del mencionado Registro, consta como responsable del fichero la entidad SABERLOTODO, figurando Juan Francisco como encargado del tratamiento (folio 109).

DECIMOPRIMERO

De la información obtenida por la Inspección actuante del Registro Mercantil Central, accesible a través de Internet, resulta que la entidad SABERLOTODO aparece inscrita en fecha 05/06/2006, con inicio de sus operaciones en fecha 15/06/2006. Como "Administrador único" figura D. Juan Francisco (folios 122 y 123).

DECIMOSEGUNDO

Los datos personales que constan en los ficheros accesibles a través del sitio Web "saberlotodo.com" relativos al denunciante son: domicilio en C/ DIRECCION001 NUM002 , NUM003 , de Madrid (28035), y fecha de nacimiento el 27/07/1985. Dichos datos, según la información facilitada por SABERLOTODO aparecían registrados en sus ficheros a fecha 16/08/2006 (folios 104 y 115).

DECIMOTERCERO

La entidad SABERLOTODO aportó a los Servicios de Inspección de la Agencia Española de Protección de Datos copia de una "Ficha Informativa Básica", sin fecha, en la que constan los mismos datos reseñados en el Hecho Probado anterior, elaborada por Detectives Lucentum, S.L. (Licencia Dirección General de Policía 1748), integrada en el Colegio de Detectives Privados de Valencia (folio 118).

DECIMOCUARTO

La entidad SABERLOTODO aportó a los Servicios de Inspección de la Agencia Española de Protección de Datos copia de una comunicación dirigida al denunciante, D. Horacio , de fecha 16/01/2006, aunque no aportó ningún justificante de su entrega, habiéndose declarado por la citada entidad que este envío se realizó por correo ordinario. En esta comunicación se reseñan los datos relativos al denunciante que constan en las "bases de datos" de SABERLOTODO, que...

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