SAP Valencia 42/2017, 17 de Enero de 2017
Ponente | CARLOS ESPARZA OLCINA |
ECLI | ES:APV:2017:133 |
Número de Recurso | 1137/2016 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 42/2017 |
Fecha de Resolución | 17 de Enero de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª |
ROLLO Nº 001137/2016
SECCIÓN 10ª
SENTENCIA nº.42-2017
SECCIÓN DÉCIMA :
Ilustrísimos Sres .:
Presidente:
D. JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA
Magistrados/as:
Dª. Mª PILAR MANZANA LAGUARDA
D. CARLOS ESPARZA OLCINA
En Valencia, a diecisiete de enero de dos mil diecisiete
Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Modificación Medidas Contencioso nº 000514/2015, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE SAGUNTO, entre partes, de una como demandante, D. Teodoro representado por el Procurador D. ANTONIO BARBERO GIMENEZ y defendido por el/la Letrado D. ENRIQUE TATAY RIOS y de otra como demandado, Dª. Angustia, representado por la Procuradora Dª. ROSA MARIA PEREZ PERONA y defendido por la Letrada Dª . SOFIA URUEÑA PARIENTE.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrada D. CARLOS ESPARZA OLCINA.
En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE SAGUNTO, en fecha 25-5-16, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "Debo DESESTIMAR Y DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por D. Teodoro
, representado por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Barbero Giménez, contra Dª. Angustia representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Rosa María Pérez Perona y ABSUELVO A LA DEMANDADA DE TODAS LAS PRETENSIONES INTERESADAS EN SU CONTRA NO HABIENDO LUGAR A la modificación sentencia 94 de 6 de mayo de 1.993, dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Sagunto, en los Autos de Procedimiento de Divorcio 4/93. Todo ello, sin imposición de las costas a ninguna de las partes".
Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 16-1-17 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
El actor interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Sagunto el día 25 de mayo de 2.016, que desestimó la demanda formalizada por el apelante y mantuvo la pensión compensatoria fijada en la sentencia de separación de 2 de mayo de 1.991, confirmada por la de divorcio de 6 de mayo de 1.993, y en otra dictada en un proceso de modificación de medidas, de 17 de enero de 1.997, con una cuantía inicial de 50.000 pesetas al mes.
Establece el artículo 101 del Código Civil que el derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por convivir maritalmente con otra persona. En el caso que hoy atrae la atención del Tribunal, consta que el actor lleva pagando la...
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ATS, 13 de Septiembre de 2017
...la sentencia dictada con fecha de 17 de enero de 2017 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10.ª), en el rollo de apelación n.º 1137/2016 , dimanante del juicio de modificación de medidas n.º 514/2015 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Mediante Diligencia de Ordenación se ......