STSJ Andalucía 492/2008, 10 de Noviembre de 2008
Ponente | MANUEL PONTE FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2008:8915 |
Número de Recurso | 156/2004/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 492/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
492/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA.
SECCIÓN TERCERA.
RECURSO NÚM. 156/04.
SENTENCIA NÚM. 492 DE 2.008
Ilma. Sra. Presidente:
Dª María Torres Donaire
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. Manuel Ponte Fernández.
Dª Pilar Bensusan Martín
En la Ciudad de Granada, a diez de noviembre de dos mil ocho. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 156/04, seguido a instancia de la procuradora Dª María Teresa del Castillo Codes, en nombre y representación de la entidad JAEN MAR, S.L., con domicilio en Polígono Industrial "Los Olivares", Módulo 18, Jaén, asistido de Letrado, siendo demandada la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, representada y asistida por el Letrado de la Junta de Andalucía. La cuantía del recurso es de 3.305 euros.
La parte demandante interpuso recurso contencioso administrativo el día 16 de Octubre de 2003 contra la Orden de Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de fecha 9 de Septiembre de 2003, mediante la cual se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de 6 de Noviembre de 2001.
Admitido el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia por la que, estimando el presente recurso se revoque y anule la resolución impugnada.
En su escrito de contestación a la demanda, la Letrado de la Junta de Andalucía se opuso a las pretensiones de los actores; y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia por la que se desestime el recurso y confirme el acto recurrido, toda vez que el mismo es ajustado a Derecho.
Recibido el pleito a prueba, se practicó la admitida y se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso. Actuó como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Manuel Ponte Fernández, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la Orden de Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de fecha 9 de Septiembre de 2003, mediante la cual se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de 6 de Noviembre de 2001, por la que se imponía a la entidad aquí recurrente una sanción de multa de 3.305 euros, por incumplimiento de la normativa vigente en materia de pesca marítima, consignándose como hechos probados: "el pasado día 10 de Agosto de 2000, en el Mercado de Mayoristas del Polígono Industrial "Los Olivares" de Jaén, se inspeccionó el módulo nº 18, propiedad de la entidad inculpada, encontrándose 21 cajas de un peso aproximado de 147 kgs. de productos pesqueros, de la especie boquerón, de dimensiones inferiores a las reglamentariamente establecidas, concretamente 6,5 cm."
La parte demandante argumenta, en apoyo de su pretensión de anulación del acto administrativo, en primer...
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