STSJ Andalucía 1791/2008, 11 de Junio de 2008

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:TSJAND:2008:5919
Número de Recurso3/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1791/2008
Fecha de Resolución11 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

1791/2008

V.I.

DEMANDA DE SALA NÚM. 3/2008

Sent. núm. 1.791/2.008

Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín

Presidente

Iltmo. Sr. D. Juan Carlos Terrón Montero

Iltmo. Sr. D. Fernando Oliet Palá

Magistrados

En la Ciudad de Granada, a once de Junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En los autos de Audiencia al Rebelde registrado al número 3/2.008, seguidos a instancia de Dª. Marina como administradora Única de la empresa CONSTRUCCIONES E INMOBILIARIAS ANCA 2002 S.L., asistida por el Ltdo. D. Jose Antonio Segura Juárez frente a D. Carlos José, asistido por el ltdo. D. Jorge Triviño Silva, ha sido Ponente el Sr. Magistrado Don Juan Carlos Terrón Montero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de marzo de 2007, ante el Juzgado Decano de los de Almería, se presentó demanda en reclamación sobre despido por D. Carlos José contra la empresa CONSTRUCCIONES E INMOBILIARIAS ANCA 2002 S.L., que por turno de reparto correspondió al Juzgado de lo Social nº. 7, que dio lugar a los Autos nº. 216/07, señalando como domicilio de la demandada la Calle Circunvalación (La Encina) nº 1 de Granada.

SEGUNDO

Por Auto de dicho Juzgado de lo Social de fecha 27 de marzo de 2007, se acordó citar a las partes para la celebración del correspondiente juicio el día 16 de mayo de 2007, lo que se efectuó, en lo que hace a la demandada, mediante citación personal y por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio señalado en la demanda y en el Registro Mercantil resultando infructuoso, siendo devueltas dichas notificaciones con la nota de desconocido, por lo que por el Juzgado se acordó nueva citación por medio de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.

TERCERO

El día señalado se celebró el juicio verbal correspondiente, sin que al mismo concurriera más que la parte demandante, dictándose la correspondiente sentencia en el siguiente día, en la que se estimaba la demanda interpuesta y se declara la improcedencia del despido del actor con la condemanda de la demandada a pasar por dicha declaración y al abono, en su caso, de la indemnización de 8.958,70 € y los salarios de tramitación.

CUARTO

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social fue notificada, mediante edicto que se publicó en el B.O. de la Provincia el día 16 de julio de 2007. Dando lugar a la Ejecución nº. 128/07.

QUINTO

En fecha 23 de marzo de 2007, ante el Juzgado Decano de los de Almería, se presentó demanda en reclamación sobre reclamación de cantidad por D. Carlos José contra la empresa CONSTRUCCIONES E INMOBILIARIAS ANCA 2002 S.L., que por turno de reparto correspondió al Juzgado de lo Social nº. 7, que dío lugar a los Autos nº. 217/07, señalando como domicilio de la demandada la Calle Circunvalación (La Encina) nº 1 de Granada.

SEXTO

Por Auto de dicho Juzgado de lo Social de fecha 27 de marzo de 2007, se acordó citar a las partes para la celebración del correspondiente juicio el día 10 de octubre de 2007, lo que se efectuó, en lo que hace a la demandada, mediante citación personal y por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio señalado en la demanda y en el Registro Mercantil, resultando infructuoso, siendo devueltas dichas notificaciones con la nota de desconocido, por lo que por el Juzgado se acordó nueva citación por medio de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.

SÉPTIMO

El día señalado se celebró el juicio verbal correspondiente, sin que al mismo concurriera más que la parte demandante, dictándose la correspondiente sentencia el 15 de octubre, en la que se estimaba la demanda interpuesta y se condenaba a la demandada a abonar al actor la cantidad de 691,46 €.

OCTAVO

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social fue notificada, mediante edicto que se publicó en el B.O. de la Provincia el día 30 de noviembre de 2007. La que dio lugar a la Ejecución 10/08.

NOVENO

Por auto de fecha 6 de marzo de 2008, se acordó la acumulación a la ejecución nº. 128/07, a la seguida ante el mismo Juzgado bajo el nº. 10/08.

DÉCIMO

Con fecha 5 de mayo de 2008 por Dª. Marina como administradora Única de CONSTRUCCIONES E Inmobiliaria ANCA 2002 S.L. se presenta demanda promoviendo recurso de audiencia al rebelde, señalándose por esta Sala para la celebración de la vista que tuvo lugar el 2 de junio, con el resultado que consta en la correspondiente acta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El examen de la presente demanda pasa por distinguir los supuestos en que procede la rescisión de la sentencia firme a instancia del rebelde por concurrir...

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