STSJ Andalucía 1459/2016, 11 de Julio de 2016

PonenteMANUEL LOPEZ AGULLO
ECLIES:TSJAND:2016:10673
Número de Recurso1103/2016
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Número de Resolución1459/2016
Fecha de Resolución11 de Julio de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N.º 1459/2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MÁLAGA

Sección 1ª

RECURSO DE APELACIÓN N.º 1103/2016

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D. MANUEL LÓPEZ AGULLÓ

MAGISTRADOS

Dª. MARIA TERESA GÓMEZ PASTOR

Dª SOLEDAD GAMO SERRANO

Sección Funcional 1ª

_____________________________________

En la Ciudad de Málaga a, 11 de julio de 2016.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección 1ª) el rollo número 1103/2016 del recurso de apelación interpuesto por GESTIÓN ORPA S.L., representado por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Buxó Narváez y defendido por Letrado, contra el Auto de 18 de septiembre de 2015, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Málaga en la pieza de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo, seguido por el procedimiento en primera o única instancia nº 68.1/15 en relación a sanción económica por infracción administrativa en materia de costas, habiendo comparecido como apelada la CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y CONSERVACIÓN DEL TERRITORIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MANUEL LÓPEZ AGULLÓ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Málaga dictó auto acordando la adopción de la medida cautelar de suspensión del acuerdo impugnado en las presentes actuaciones.

SEGUNDO

La representación de la actora interpuso recurso de apelación contra dicha resolución, formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida, y terminaron solicitando que en su día previos los trámites legales se dictara Sentencia por la que se dejara sin efecto la apelada.

TERCERO

Teniendo por presentado dicho recurso y acordado su traslado a la demandada, tras la presentación por ésta de su escrito de oposición, con traslado de su copia a la apelante, se elevaron las actuaciones a esta Sala, en la que no habiéndose acordado el recibimiento a prueba, la celebración de vista ni la presentación de conclusiones escritas, el recurso fue declarado concluso, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, que ha tenido lugar en el día fijado al efecto.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa .

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante el auto apelado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Málaga acordó la medida cautelar de suspensión de la resolución impugnada con la contracautela de su garantía por importe de 50.985 euros más el 10% en forma de...

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