STSJ Andalucía 763/2016, 14 de Marzo de 2015

PonenteJOSE JOAQUIN PEREZ-BENEYTO ABAD
ECLIES:TSJAND:2015:14675
Número de Recurso745/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución763/2016
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2015
EmisorSala de lo Social

Recurso.- 0745/15-L, sent. 763/16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, MELILLA, CEUTA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a catorce de Marzo de dos mil quince.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 763/15

En el recurso de suplicación interpuesto por PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES S.A., representado por el Sr. Letrado D. Fermín Vázquez Sánchez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla en sus autos núm. 0420/13; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue codemandado, junto a ISS FACILITY SERVICES S.A., por D. Segundo, en demanda de despido, se celebró el juicio y el 15 de julio de dos mil catorce se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión, tras absolver a ISS Facility Services S.A. de todas las pretensiones contra las mismas deducidas, declarando improcedente el despido del actor y condenando a las consecuencias legales a PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES S.A.. Fue aclarada en auto de 7-10-14.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"El demandante Segundo, mayor de edad y con DNI nº NUM000, venía prestando sus servicios retribuidos para la demandada PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES, S.A. desde el 03.08.2009, con la categoría profesional de Limpiador y a tiempo parcial, percibiendo un salario diario a efectos de despido de 18,91 €, conforme al desglose del mismo obrante al folio 391 de las actuaciones y que damos por reproducido.

  1. ) La prestación de servicios del actor se llevó a cabo durante las fechas y con arreglo a las circunstancias contractuales siguientes:

    - Del 3.08.2009 al 13.09.2009 (42 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo. - Del 19.09.2009 al 02.11.2009 (44 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 21,5 % de la jornada.

    - Del 25.11.2009 al 25/11/2009 (1 día), mediante contrato temporal para obra o servicio determinado, a tiempo completo.

    - Del 5/12/2009 al 06.01.2010 (32 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 36,8 % de la jornada.

    - Del 10/03/2010 al 31/03/2010 (21 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 78,9 % de la jornada.

    - Del 3/04/2010 al 16/05/2010 (43 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 52,6% de la jornada.

    - Del 19/05/2010 al 12/09/2010 (117 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo.

    - Del 18/09/2010 al 1/11/2010 (44 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 36,8 % de la jornada.

    - Del 3/12/2010 al 6/01/2011 (34 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 52,6% de la jornada.

    - Del 7/03/11 al 30/04/11 (54 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 36,8 % de la jornada.

    - Del 1/05/2011 al 29/05/2011 (28 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 65,7 % de la jornada.

    - Del 1/06/2011 al 11/09/2011 (103 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo.

    - Del 17/09/2011 al 1/11/2011 (45 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 36,8 % de la jornada.

    - Del 3/12/2011 al 8/01/2012 (36 días), mediante contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial del 52,6% de la jornada.

    - Del 01.03.2012 al 30.04.2012 (61 días), mediante contrato indefinido para trabajadores fijosdiscontinuos a tiempo parcial del 36,8% de la jornada.

    - Del 01.05.2012 al 31.05.2012 (31 días), mediante contrato indefinido para trabajadores fijosdiscontinuos a tiempo parcial del 65,7% de la jornada.

    - Del 01.06.2012 al 09.09.2012 (101 días), mediante contrato indefinido para trabajadores fijosdiscontinuos a tiempo completo.

    - Del 15.09.2012 al 03.11.2012 (50 días), mediante contrato indefinido para trabajadores fijosdiscontinuos a tiempo parcial del 36,8% de la jornada.

    - Del 06.12.2012 al 04.01.2013 (30 días), mediante contrato indefinido para trabajadores fijosdiscontinuos a tiempo parcial del 52,6% de la jornada.

  2. ) El actor prestaba sus servicios para la ejecución de la contrata que Parque Isla Mágica, S.A. adjudicó a la demandada PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES, S.A y que tenía por objeto la limpieza de edificios, limpieza viaria y tratamientos de desinfección, desratización y desinsectación en el Parque Temático Isla Mágica.

    No obstante, la explotadora del parque temático, Parque Isla Mágica, S.A., notificó el 1/03/2011 a PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES, S.A que el citado contrato había sido adjudicado a la mercantil ISS FACILITY SERVICES, S.A., suscribiéndose el mismo el 14/03/2013 (folios 274 a 292).

  3. ) La demandada PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES, S.A. fue declarada en concurso voluntario de acreedores mediante auto de fecha 06.07.2012 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid en el procedimiento concursal nº 391/2012.

    A la fecha de la declaración del citado concurso, PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES, S.A. mantenía deudas con la Seguridad Social por importe de 624.446,03 euros (folio 150), manteniendo el administrador concursal único a la concursada al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social devengadas a partir de la declaración del concurso.

  4. ) Mediante escrito fechado el 04.03.2013 (folio 101), ISS FACILITY SERVICES, S.A. requirió a PIAMONTE SERVICIOS INTEGRALES, S.A. para que le remitiera la documentación pertinente a efectos de la subrogación del personal de la contrata de...

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