SAP Álava 353/2016, 10 de Noviembre de 2016
Ponente | EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI |
ECLI | ES:APVI:2016:673 |
Número de Recurso | 492/2016 |
Procedimiento | RECURSO APELACIÓN JUICIO VERBAL LEC 2000 |
Número de Resolución | 353/2016 |
Fecha de Resolución | 10 de Noviembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA. SECCIÓN PRIMERA ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA. LEHEN SEKZIOA Sección / Atala: 1ª/1.
AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P. /PK: 01008
Tel.: 945-004821
Fax / FALLIANZ: 945-004820
N.I.G. PV / IZO EAE: 01.02.2-16/003110
N.I.G. CGPJ / IZO BJKN: 01059.42.1-2016/0003110
Apel. j. verbal L2 / 492/2016 - C
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Vitoria) / Gasteizko Lehen Auzialdiko 1 zk.ko Epaitegia
Autos de 197/2016 (e) ko autoak
Recurrente/Errekurtsogilea: ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS
Procurador / Prokuradorea: Dª SOLEDAD CARRANCEJA DÍEZ
Abogado / Abokatua: Dª Mª JOSÉ MURÚA ETXEBERRIA
Recurrido / Errekurritua: Dª Belen
Procurador / Prokuradorea: Dª CONCEPCION MENDOZA ABAJO
Abogado / Abokatua: Dª ISABEL Mª RUANO DE LA FUENTE
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Edmundo Rodríguez Achútegui, actuando como tribunal unipersonal, ha dictado el día diez de noviembre de dos mil dieciséis
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente
S E N T E N C I A Nº 353/16
El recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 492/2016, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vitoria-Gasteiz, derivado de los Autos de Juicio Verbal nº 197/2016, ha sido promovido por ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª SOLEDAD CARRANCEJA DÍEZ, asistida de la letrada Dª Mª JOSÉ MURÚA ETXEBERRIA, frente a la sentencia dictada el 24 de junio de 2016 . Es parte apelada Dª Belen, representada por la Procuradora de los TribunalesDª CONCEPCION MENDOZA ABAJO, asistida de la letrada Dª ISABEL Mª RUANO DE LA FUENTE. Actúa como tribunal el Sr. Magistrado
D. Edmundo Rodríguez Achútegui.
Por l Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Vitoria-Gasteiz se dictó en autos de Juicio Verbal nº 197/2016 sentencia el 24 de junio de 2016 cuyo fallo dispone:
"Que estimando íntegramente la demanda formulada por Dª Belen contra D. Gabino y Allianz Cía. de Seguros debo condenar y condeno a la demandada al pago de 4.527,60 € más los intereses expresados en el fundamento tercero de esta resolución".
Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS, en el que alegaba infracción legal y error en la valoración de la prueba por no atender al valor venal del vehículo, que la sentencia ha incrementado en un 20 % por afección, ni tener en cuenta los restos del mismo.
El recurso que se tuvo por interpuesto mediante resolución de 9 de septiembre, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la representación de LINEA DIRECTA ASEGURADORA escrito de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose posteriormente los autos a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 4 de octubre se mandó formar el Rollo de apelación, registrarse y turnarse la ponencia a D. Edmundo Rodríguez Achútegui .
En providencia de 20 de septiembre se acordó citar para fallo el día 10 de noviembre. SEXTO .- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.
Hechos probados en la instancia
La sentencia de instancia considera acreditado que:
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- El 29 de junio de 2015 el vehículo propiedad de Dª Belen, Volkswagen Polo .... VWB circulaba conducido por su propietaria por la CN 124 a la altura de Armiñón.
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- D. Gabino conducía su vehículo Mercedes Benz .... BPL asegurado en Allianz Cía. de Seguros,
que invade el carril contrario y ocasiona daños al otro coche.
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- Como consecuencia del golpe el vehículo la reparación se calcula por el sistema Audatex en 5.239 € sin incluir IVA, elaborando Talleres Marañón S.L. un presupuesto de 7.051,15 € IVA incluido.
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- El valor de mercado del vehículo Volkswagen Polo es de 3.773 €.
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- El citado coche no ha sido reparado.
Sobre el importe de la indemnización
No hay discusión sobre la responsabilidad, admitida por Allianz. Lo único que se cuestiona es el importe de la indemnización. El art. 1.902 del Código Civil (CCv) supone que la reparación del perjudicado por el...
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