SAP Granada 718/2016, 25 de Noviembre de 2016

PonenteAURORA MARIA FERNANDEZ GARCIA
ECLIES:APGR:2016:1898
Número de Recurso175/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución718/2016
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

GRANADA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 175/2016

PROCED. ABREVIADO Nº 132/2015 de Instrucción nº 1 de Granada

JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 de Granada (J.O. nº 404/2015)

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, formada por los Ilmos. Sres. relacionados al margen, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA Nº 718 /2016

ILMOS. SRES MAGISTRADOS:

D. JOSÉ Mª SÁNCHEZ JIMÉNEZ (Presidente)

D. JUAN CARLOS CUENCA SÁNCHEZ

Dña. AURORA Mª FERNÁNDEZ GARCÍA

..............................................................

En la ciudad de Granada a veinticinco de noviembre de 2016.-Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial, sin necesidad de celebración de vista, las diligencias de Procedimiento Abreviado nº 132/2015, instruido por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Granada, y fallado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Granada, Juicio Oral nº 404/2015, por un delito de calumnia, siendo partes, como apelante Abelardo, ejerciendo su propia defensa y representación y como apelada Gregoria, actuando como ponente la Ilma. Sra. Dña. AURORA Mª FERNÁNDEZ GARCÍA, que expresa el parecer de esta Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de lo Penal núm. 4 de Granada se dictó sentencia con fecha 19 de febrero de 2016, en la cual se declaran probados los siguientes hechos: " DE LO ACTUADO APARECE ACREDITADO QUE: Abelardo mediante escrito de 18 de febrero de 2014 formuló en su propio nombre y representación ante los Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, demanda contra la resolución de 17 de febrero de 2014 de la Decana del Colegio de Procuradores de Granada Gregoria dando lugar al procedimiento nº 143/14 del Juzgado de lo Contencioso nº 5 de Granada interponiendo igualmente en idéntica fecha tambien en su propio nombre y representación demanda contra la misma resolución ante los Juzgado de lo Social de Granada dan do lugar al procedimiento nº 190/14 del Juzgado de lo Social nº 5 de Granada.

En ambos escritos se incluían entre otras las siguientes expresiones:

"Que interpongo demanda contra la resolución de 17-2-2014 de la Decana del Colegio de Procuradores de Granada Gregoria por acordar ilegalmente delictivamente, prevaricando, amenazando, coaccionando, ocultando y falseando las cuentas del colegio de Procuradores y vulnerando derechos fundamentales la baja en el Colegio del demandante, impidiendo el ejercicio del derecho fundamental a trabajar en igualdad de condiciones que el resto de trabajadores de otras a profesiones con respecto de darse de alta en el RETA, impidiendo el legítimo derecho al trabajo".

"Dª Gregoria alega para justificar su decisión a juicio de esta parte delictiva, unas normas estatutarias que a todas luces contravienen la Ley y la doctrina unificada del Tribunal Supremo, defendiendo intereses corporativistas, imponiendo a sabiendas una barrera ilegal y para muchos insalvables con objeto de impedir el acceso a la profesión de las personas con menos recursos"." ... y habiendose convocado una junta para el próximo día 28-3-14 y teniendo los colegiados derecho a examinar las cuentas cinco días antes de la Junta, resulta obvio cual es la intención de Dª Gregoria : eliminar a los colegiados que no solo cuestionan su gestión, sino que tienen fundadas sospechas, debido a la opacidad con la que actúa el Colegio de que entre otras cosas se pueden estar cometiendo delitos no solo de apropiación indebida de las cuotas de los Colegiados sino de malversación de caudales públicos".

Del mismo modo en el recurso de apelación que interpuso Abelardo ante la Audiencia Provincial de Granada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Granada en el Juicio de Faltas nº 44/14manifiestó que: ".... resulta obvio que no es un colegio pacifico, porque si cuando un colegiado pide las facturas y la lista de asistentes, la decana se dedica a mandar escritos a los Juzgados diciendo que ese Procurador se ha dado de baja, sin ser cierto, y que comuniquen a sus clientes que nombren a otro Procurador, eso no es ser un colegio pacifico, es tener como decana a una presunta delincuente porque si a pesar de estar suspendido por Ley el acuerdo de abaja 7-4-2014 desde el mismo 7-4-2014 (porque el mismo día se interesó la suspensión en un recurso de alzada) la decana se salta la Ley y ejecuta la baja a sabiendas de la ilegalidad e injusticia de su ejecución, solo cabe concluir que Gregoria es una presunta delincuente porque ha prevaricado administrativamente y coaccionado al sr Abelardo y a sus clientes al impedirles recibir las notificaciones judiciales en los procedimientos en los que estaban representados por dicho Procurador.... A mayor abundamiento la suspensión de la baja también se acordó en el ProcedimientoDerechos Fundamentales 332/2014 juzgado C-A nº 3 de Granada a cuyos autos nos remitimos y donde constan todos los documentos que prueban irrefutablemente que la decana prevaricó, adjuntandose a este recurso tanto el auto judicial que suspende la baja, como la solicitud de ampliación del recurso a los distintos actos que la decana ejecutó a sabiendas de su legalidad, donde constan esos infames escritos indignantes, injuriosos y difamatorios, afirmando la Decana que este Procurador había causado baja en el Colegio cuando es mentira y la decana sabia perfectamente que el acuerdo de baja estaba suspendido por Ley judicialmente desde el mismo 7 de abril de 2014. Es indignante que esta individua no haya sido inhabilitada para el ejercicio no ya del cargo de decana sinode la profesión de Procurador de los Tribunales; la conducta de la Decana saltandose la Ley es una auténtica vergüenza y una prueba de la que la justicia en España es incapaz de actuar contra la corrupción..."

En el mes de septiembre de 2014 Abelardo presentó denuncia contra Gregoria en la Fiscalía Provincial de Granada por delitos de tráfico de influencias, coacciones, amenazas y falsedad documental, que dió origen a las Diligencias de Investigación Penal nº 222/14 que terminaron por Decreto que acordó su archivo.

Igualmente en el acto de conciliación previo a la presentación de la querella que dió origen a este procedimiento Abelardo manifestó que "he solicitado al Colegio ver cuentas del 2013 y se lo han denegado hasta el dia de la fecha y que esa denegación el conciliado la considera corrupción".

Finalmente en la edición digital del diario "Granada Hoy" se publicó una información bajo el titulo "Denuncian irregularidades y administración desleal en el Colegio de Procuradores" en la que se dice que Abelardo ha denunciado a la decana Gregoria por coacciones tráfico de influencias y administración desleal, y que censura en su denuncia la actitud de la responsable del Colegio respecto de la aprobación de las cuentas del 2013 y la solicitud de información por varios colegiados ".-...

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