SAP Cádiz 120/2016, 7 de Abril de 2016

PonenteMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ
ECLIES:APCA:2016:1645
Número de Recurso39/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución120/2016
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

SENTENCIA. NUM. 120/2016

PRESIDENTE:

Dª. MARÍA ISABEL DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

Dª. MARÍA INMACULADA MONTESINOS PIDAL

D. MIGUEL ÁNGEL FELIZ Y MARTÍNEZ

JUZGADO DE LO PENAL nº: 5 DE CÁDIZ

PA: 433/14

DIMANANTE DE LAS DP: 461/2012

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº: 5 DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA

ROLLO DE SALA Nº: 39/2016

En la Ciudad de Cádiz, a 7 de abril de 2016.

Vista por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, la causa referenciada al margen, siendo parte apelante D. Desiderio, parte apelada el MINISTERIO FISCAL y ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL FELIZ Y MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Penal Nº: 5 de Cádiz, con fecha 24 de noviembre de 2015, se dictó sentencia en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:

    Debo condenar y condeno a Desiderio, como autor responsable de un delito contra la seguridad de tráfico, en su modalidad de conducción bajo los efectos del alcohol del art. 379 del CP, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de siete meses de multa con una cuota diaria de seis euros, que hacen un total de 1260 euros, cuyo impago le sujetará a un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año y tres meses; que indemnice al Ministerio de Fomento, con la cantidad de 1892,59 euros, siendo responable civil directa el Consorcio de Compensación de Seguros y al pago de las costas procesales.

    Absuelvo a Desiderio de la falta del artículo 634 del CP de que se le acusaba.

  2. - Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del acusado, y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, elevados los autos a esta Audiencia, formado el correspondiente rollo, fue designado Magistrado Ponente, quedando el recurso visto para sentencia. 3.- En la tramitación de este recurso, se han observado todas las formalidades legales, salvo el plazo para sentenciar por la atención a asuntos penales preferentes.

    HECHOS PROBADOS

    UNICO .- Se aceptan los de la sentencia de instancia, fiel reflejo de las pruebas practicadas, que son del siguiente tenor:

    "Se declara probado que sobre las 23:50 horas del día 4 de marzo de 2012, Desiderio, mayor de edad y con antecedentes penales, pese a que había ingerido bebidas alcohólicas, lo que le afectaba a su capacidad para la conducción, disminuyendo sus facultades de control, percepción, atención y reacción, conducía el vehículo de su propiedad Renault Megane matrícula .... PHP, sin seguro, por la A-4 dirección El Puerto de Santa María. En el vehículo viajaban Landelino y Samuel . Desiderio circulaba a una velocidad de 119,26 km/h, y a la altura del Kilómetro 646,00, tomó la salida de cambio de sentido, y al tener mermados su atención y sus reflejos, por el consumo previo de bebidas alcohólicas, no se percató de las señales de restricción de la velocidad y de peligro de intersección, no disminuyó la velocidad, y al llegar a la rotonda frenó bruscamente, y colisionó contra la valla de seguridad del margen derecho de la rotonda, arrancándola de los postes de sujeción, ocasionando desperfectos cuya reparación asciende a la cantidad de 1.892,59 euros.

    Personados los agentes de la Guardia Civil con carnet profesional nº: NUM000 y NUM001 apreciaron que Desiderio olía a alcohol, tenía los ojos brillantes y el habla pastosa.

    Cuando el personal sanitario estaba atendiendo a Landelino, que estaba herido, Desiderio les obstaculizaba, por lo que el agente de la Guardia Civil NUM000, fue a separar a Desiderio del personal sanitario para que pudieran atender al herido, y Desiderio y el agente cayeron al suelo, sufriendo el agente una luxación del primer dedo de la mano izquierda."

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la representación de Desiderio la revocación de la sentencia recurrida y el dictado de otra por la que se le absuelva del delito por el que ha sido condenado. Alega que la duda acerca de la calificación efectuada por el Juzgado de Lo Penal y que determina la condena de Desiderio radica en la ingesta o no de alcohol y en la conducción bajo los efectos de una supuesta ingesta de alcohol que hubieran dado lugar a los hechos por los que se le condena. No se probó indudablemente tal estado consecuencia de la ingesta alcohólica. No se le practicó, incomprensiblemente, la prueba de alcoholemia preceptiva,...

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