AAP Granada 977/2016, 21 de Noviembre de 2016
Ponente | AURORA MARIA FERNANDEZ GARCIA |
ECLI | ES:APGR:2016:439A |
Número de Recurso | 590/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 977/2016 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
(Sección 2ª)
GRANADA
APELACION ROLLO nº 590/2016.-JUZGADO de INSTRUCCIÓN nº 3 de SANTA FE (GRANADA).-Procedimiento Abreviado nº 72/2015.- Ponente : Aurora Mª Fernández García
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, formada por los Ilmos. Sres. relacionados al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY, el siguiente
- A U T O Nº 977 - ILTMOS. SRES MAGISTRADOS:
D. JOSÉ Mª SÁNCHEZ JIMÉNEZ (Presidente)
D. JUAN CARLOS CUENCA SÁNCHEZ
Dña. Aurora Mª Fernández García
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En la ciudad de Granada a veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis.- - H E C H O S - PRIMERO.- En las diligencias previas nº 333/2013, por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Santa Fe (Granada), con fecha 4 de mayo de 2016, se dictó auto por el que se acordaba la continuación de las actuaciones por los trámites del procedimiento para el delito leve.- SEGUNDO.- Contra la anterior resolución y por el Procurador D. Juan Luis García Valdecasas Conde, en nombre y representación de DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA LOS BERMEJALES S.L. se interpuso, en tiempo y forma, recurso de reforma y subsidiario de apelación y desestimada que fue la reforma por auto de 4 de julio de 2016, se admitió a trámite el recurso de apelación subsidiariamente interpuesto.- TERCERO.- Puestas las actuaciones de manifiesto a las partes por término de cinco días, el Ministerio Fiscal se opuso al recurso, interesando la desestimación del mismo y la confirmación del auto recurrido, remitiéndose las diligencias a esta Audiencia, donde se acordó formar rollo, designar Ponente, y se señaló para deliberación y resolución el día diecisiete del presente.- CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.- -
La cuestión que se suscita en el presente recurso es si a propósito de la cuantía supuestamente defraudada a la mercantil recurrente, las actuaciones han de seguir el procedimiento abreviado por delito, o por el contrario, el procedimiento para delitos leves. La primera postura la defiende el recurrente afirmando que el importe de la defraudación es superior a 400 euros, por el contrario la juez de instancia y el Ministerio Fiscal, consideran que concurre en el supuesto de autos una imposibilidad de determinar el importe defraudado por lo que, en consecuencia, se ha de considerar la actuación constitutiva de delito leve, interpretándose las...
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