STSJ Comunidad de Madrid 613/2016, 9 de Diciembre de 2016

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2016:13614
Número de Recurso348/2016
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución613/2016
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2 - 28004

33010310

NIG: 28.079.00.3-2015/0026068

251658240

Recurso de Apelación 348/2016

Recurrente : Dña. Sonia

PROCURADOR Dña. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ GIL

Recurrido : MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD

NOTIFICACIONES A: PLAZA: DE ESPAÑA, 0017 C.P.:28008 (Madrid)

SENTENCIA Nº 613/2016

Presidente:

Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS

Magistrados:

Dña. FRANCISCA ROSAS CARRION

D. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO

D. RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO

Dña. ANA RUFZ REY

En la Villa de Madrid, a 9 de diciembre de 2016.

Visto por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Magistrados anotados al margen, el presente recurso de apelación, número 348/2016 de su registro, que ha sido interpuesto por la Letrado doña Ana Salgado Vieira, actuando en nombre y representación de doña Sonia, contra el auto dictado en fecha de 4 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado número 558/2015 de su registro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Letrado doña Ana Salgado Vieira, actuando en nombre y representación de doña Sonia

, interpuso recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 4 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado número 558/2015 de su registro, que inadmitió a trámite y ordenó el archivo de recurso contencioso administrativo deducido contra resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, en materia de prevención del blanqueo de capitales.

SEGUNDO

Remitidos los autos a la Sala, y no habiéndose solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, se señaló para deliberación y fallo el día 7 de diciembre de 2016, fecha en que tuvo lugar.

En la tramitación del recurso se han observado las reglas establecidas por la Ley.

Ha sido Magistrado Ponente doña FRANCISCA ROSAS CARRION, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Letrado doña Ana Salgado Vieira, actuando en nombre y representación de doña Sonia, se ha interpuesto el presente recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 4 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado número 558/2015 de su registro, que inadmitió y ordenó el archivo de recurso contencioso administrativo deducido contra la resolución dictada en fecha de 16 de octubre de 2015 por la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, mediante la que se inadmitió por extemporáneo el recurso de reposición deducido contra la resolución de 25 de febrero de 2015, en la que se le impuso a la recurrente una sanción de multa de 24.070 euros por infracción grave tipificada y sancionada en los artículos 2.1.v ),

52.3.a ) y 57.3 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.b) en relación con el artículo 8.2.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la competencia para el conocimiento y fallo del proceso podría no corresponder a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Provinciales, sino a los Juzgados Centrales de lo Contencioso...

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