STSJ Comunidad de Madrid 613/2016, 9 de Diciembre de 2016
Ponente | FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION |
ECLI | ES:TSJM:2016:13614 |
Número de Recurso | 348/2016 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 613/2016 |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2016 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2 - 28004
33010310
NIG: 28.079.00.3-2015/0026068
251658240
Recurso de Apelación 348/2016
Recurrente : Dña. Sonia
PROCURADOR Dña. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ GIL
Recurrido : MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
NOTIFICACIONES A: PLAZA: DE ESPAÑA, 0017 C.P.:28008 (Madrid)
SENTENCIA Nº 613/2016
Presidente:
Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS
Magistrados:
Dña. FRANCISCA ROSAS CARRION
D. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO
D. RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO
Dña. ANA RUFZ REY
En la Villa de Madrid, a 9 de diciembre de 2016.
Visto por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Magistrados anotados al margen, el presente recurso de apelación, número 348/2016 de su registro, que ha sido interpuesto por la Letrado doña Ana Salgado Vieira, actuando en nombre y representación de doña Sonia, contra el auto dictado en fecha de 4 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado número 558/2015 de su registro.
La Letrado doña Ana Salgado Vieira, actuando en nombre y representación de doña Sonia
, interpuso recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 4 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado número 558/2015 de su registro, que inadmitió a trámite y ordenó el archivo de recurso contencioso administrativo deducido contra resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, en materia de prevención del blanqueo de capitales.
Remitidos los autos a la Sala, y no habiéndose solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, se señaló para deliberación y fallo el día 7 de diciembre de 2016, fecha en que tuvo lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las reglas establecidas por la Ley.
Ha sido Magistrado Ponente doña FRANCISCA ROSAS CARRION, quien expresa el parecer de la Sección.
Por la Letrado doña Ana Salgado Vieira, actuando en nombre y representación de doña Sonia, se ha interpuesto el presente recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 4 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado número 558/2015 de su registro, que inadmitió y ordenó el archivo de recurso contencioso administrativo deducido contra la resolución dictada en fecha de 16 de octubre de 2015 por la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, mediante la que se inadmitió por extemporáneo el recurso de reposición deducido contra la resolución de 25 de febrero de 2015, en la que se le impuso a la recurrente una sanción de multa de 24.070 euros por infracción grave tipificada y sancionada en los artículos 2.1.v ),
52.3.a ) y 57.3 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.b) en relación con el artículo 8.2.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la competencia para el conocimiento y fallo del proceso podría no corresponder a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Provinciales, sino a los Juzgados Centrales de lo Contencioso...
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