SAP Baleares 206/2006, 12 de Mayo de 2006

PonenteCARLOS GOMEZ MARTINEZ
ECLIES:APIB:2006:765
Número de Recurso191/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución206/2006
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

SENTENCIA Nº

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON CARLOS GÓMEZ MARTÍNEZ

MAGISTRADOS:

DOÑA MARÍA ROSA RIGO ROSSELLÓ

DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS

En PALMA DE MALLORCA, a doce de Mayo de dos mil seis.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Once de Palma de Mallorca, bajo el número 498/2004 , Rollo de Sala nº 191/2006, entre partes, de una como actora-apelante PALMA DOS 10000, EMPRESA CONSTRUCTORA S.L., representada por el Procurador Sr. Tomas Gili y asistida por el Letrado Sr. Bou Barceló, de otra, como demandada- apelada HOTEL BOCAMBILIA S.A, representada por el Procurador Don Francisco Tortella y asistida por el Letrado don Javier Capelastegui.

ES PONENTE el ILMO. SR. PRESIDENTE DON CARLOS GÓMEZ MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Palma, se dictó sentencia en fecha 27 de junio de 2005 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda de Juicio Ordinario, promovida por el Procurador Sr. Tomás, en nombre y representación de Palma Dos 1000 Empresa Constructora S.L., contra Hotel Bocambilia S.A, debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la suma de 15.281,47 euros, intereses legales y costas procesales. =Asimismo, estimado parcialmente la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador Sr. Tortella, en nombre y representación de Hotel Bocambilia S.A. contra Palma Dos 1000 Empresa Constructora S.L., debo condenar y condeno a la expresada demandada a efectuar las obras de reparación que se detallan enel Fundamento Tercero y que se dan aquí por reproducidas literal e íntegramente, debiendo las partes satisfacer las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y seguido el recurso por sus trámites, por esta Sala se acordó para votación y fallo el día 12 de mayo de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la resolución dictada en anterior grado jurisdiccional mientras no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

La parte apelante, contratista de los trabajos de reforma a los que se refiere el presente litigio, impugna el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia en el que, estimando la reconvención, se le condena a "efectuar las obras de reparación que se detallan en el fundamento tercero" que son las consistentes, respecto a la cocina, en ajuste de la puerta cortafuegos que la separa del comedor, arreglo de azulejos huecos, repaso de ángulos perimetrales y ajuste con tornillos, reinstalación de persona y acabado de ventana exterior; y, respecto a las puertas cortafuegos, en ajuste de las mismas, rodapiés y repaso de enlucido.

Entiende la apelante que el desplome de la puerta...

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