SAP Sevilla 403/2016, 23 de Septiembre de 2016

PonenteANDRES PALACIOS MARTINEZ
ECLIES:APSE:2016:2300
Número de Recurso3051/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución403/2016
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA 3051/16-Y

JUICIO Nº278/15

SENTENCIA NÚM. 403

ILTMO SR. PRESIDENTE

DON MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA

ILUSTRISIMOS MAGISTRADOS SRES.

DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO

DON ANDRES PALACIOS MARTINEZ

En la Ciudad de Sevilla a veintitres de Septiembre de dos mil dieciséis.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre ORDINARIO procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de DOÑA Diana,que en el recurso es parte APELANTE, representado por la Procuradora Sra. SOLER MATEOS contra DON Edmundo, que en el recurso es parte APELADA, representado por la Procuradora Sra. DURAN FERREIRA.

.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 26 de Enero de 2016, que expresa literalmente en su parte dispositiva:"Que ESTIMANDO LA DEMANDA presentada por la Procuradora Sra. Durán Ferreira, en nombre y representación de D. Edmundo contra DÑA Diana debo declarar y declaro disuelta la comunidad de bienes sobre las fincas siguientes: 1) Vivienda en DIRECCION000, Sevilla, letra NUM000, planta NUM001, escalera NUM002, del EDIFICIO000, en Calles DIRECCION001, DIRECCION002 y DIRECCION003 (actualmente DIRECCION001, número NUM003, escalera NUM002

, NUM001 NUM000 ). 2) Vivienda en Punta Umbría (Huelva), en piso NUM004 NUM005, CALLE000

, número NUM006 . 3) Plaza de aparcamiento en Punta Umbría (Huelva) número NUM007 en planta NUM008 del edificio sito en CALLE001, números NUM009 y NUM010, con fachada también a CALLE000 NUM011, y que siendo las mismas indivisibles se proceda, a falta de acuerdo entre las partes acerca de su adjudicación, a su venta mediante pública subasta, con admisión de licitadores extraños, y a repartir el precio obtenido en la proporción que les corresponda a la titularidad de cada uno de los condóminos, sin expresa condena en costas".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedaron las actuaciones vistas para dictar sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANDRES PALACIOS MARTINEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada por la Juez de instancia estimatoria de la demanda interpuesta por la representación procesal de Don Edmundo en ejercicio de una "actio communi dividundo" y por la que se declara disuelta la comunidad de bienes sobre las fincas siguientes: 1) vivienda sita en Sevilla en la DIRECCION001 NUM003, escalera NUM002, NUM001 NUM000, finca registral nº NUM012 inscrita en el Registro de la Propiedad nº12 de esta ciudad, 2) vivienda en Punta Umbría sita en la CALLE000 nº NUM006, piso NUM004 NUM005, finca registral NUM013 del Registro de la Propiedad de dicha localidad,

3) plaza de aparcamiento en Punta Umbría marcada con el NUM007 en planta NUM008 del edificio sito en la CALLE001 NUM009 y NUM010, con fachada también a la CALLE000,...

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