STSJ Castilla y León , 7 de Diciembre de 2016
Ponente | GABRIEL COULLAUT ARIÑO |
ECLI | ES:TSJCL:2016:4463 |
Número de Recurso | 1404/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01973/2016
-C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID
Tfno: 983413204-208
Fax: 983.25.42.04
NIG: 34120 44 4 2014 0001181
Equipo/usuario: JCC
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001404 /2016 G
Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000602 /2014
Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTE/S D/ña Indalecio
ABOGADO/A: SONIA MARCOS FERNANDEZ
PROCURADOR: MARIA MONTSERRAT PEREZ RODRIGUEZ
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: ADM. CONCUR.DE PRODUCTORA DE CHOCOLATES SL( Jose Antonio, Luis María, Rogelio, Ángeles, PRODUCTORA DE CHOCOLATES S.L., FOGASA FOGASA, EUROPRALINE S.L.
ABOGADO/A:,,, ABOGADO DEL SERVICIO JURIDICO DE FOGASA, PILAR ALBERT ALBERT
PROCURADOR:,,,,
GRADUADO/A SOCIAL:,,,,
Iltmos. Sres.:
-
Gabriel Coullaut Ariño
Presidente de la Sala
-
Manuel Mª Benito López
-
Juan José Casas Nombela /
En Valladolid a siete de diciembre de dos mil dieciséis. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 1404/2016, interpuesto por D. Indalecio contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº Dos de Palencia, de fecha 11 de enero de 2.016, (Autos núm. 602/2014), dictada a virtud de demanda promovida por el precitado recurrente contra EUROPRALINE S.L., PRODUCTORA DE CHOCOLATES S.L., Y ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE PRODUCTORA DE CHOCOLATES S.L.(D. Jose Antonio, D. Luis María, D. Rogelio en calidad de administradores concursales), Dª Ángeles Y EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Gabriel Coullaut Ariño.
Con fecha 11 de noviembre de 2.014 se presentó en el Juzgado de lo Social Nº Dos de Palencia demanda formulada por D. Indalecio en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en su parte dispositiva.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:
" PRIMERO.- El demandante, DON Indalecio, con DNI NUM000, ha prestado servicios laborales, en el centro de trabajo de San Isidro de Dueñas (Palencia), desde el 1 de septiembre de 1975, para las siguientes empresas y durante los siguientes períodos:
-FABRICACION Y DERIVADOS DEL CHOCOLATE S.A.: Del 1/09/1975 a 14/01/1979, de 16/04/80 a 12/07/93, 16/07/93 a 26/01/94, de 28/01/94 a 29/02/96, de 1/03/96
- BLOND 3000 S.L., del 1/9/99 al 19/06/02, del 21/06/02 al 28/02/2005
-PRODUCTOS SIMIENZA S.L. del 1/03/05 al 31/05/06
-PRODUCTORA DE CHOCOLATES S.L.: del 1/06/06 al 23/01/12
Ante el Juzgado de 11 Instancia e Instrucción N° 1 de Palencia, con competencia en materia mercantil, se ha tramitado procedimiento n° 252/2011 en el que se dictó auto en fecha 10 de junio de 2011 declarando en concurso voluntario a las mercantiles Productora de Chocolates S.L., Brookfield Promociones 21 S.L. y Soluciones Comerciales Trapa S.L. designándose como Administración Concursal a
-
Luis María y a D. Jose Antonio, siendo designado posteriormente D. Rogelio .
Por parte de La Administración Concursal de Productora de Chocolates S.L. se presentó el 10-11-2011 ante el Juzgado de la Instancia n° 1 de Palencia, con competencia en materia mercantil, solicitud de expediente de extinción colectiva de relaciones laborales, concretamente de 8 trabajadores de Mitelman S.L. y de 29 trabajadores de Productora de Chocolates S.L.
Tras la apertura de un período de negociaciones entre la Administración Concursal, y los representantes de los trabajadores de las dos mercantiles antes indicadas, el 27-12-2011 se alcanzó un acuerdo entre la Administración Concursal y los Comités de Empresa de las Concursadas PRODUCTORA DE CHOCOLATES S.L. y MITELMAN S.L. En el punto 3' se contenía el "Acuerda para la extinción de 29 contratos de trabajo de "Productora de Chocolates S.L." y de 8 contratos de trabajo de "Mitelman S.L." en los siguientes términos:
"La representación de los trabajadores se posiciona de forma favorable respecto al planteamiento por parte de la empresa, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, en su articulo 64.5.a y aceptar el ofrecimiento empresarial de extinción de 29 contratos de trabajo de la concursada "Productora de Chocolates S.L." y de 8 contratos de trabajo de la concursada "Mitelman S.L." con arreglo a los criterios de elevar la indemnización de 20 días de indemnización por año de trabajo hasta un tope de 13,5 mensualidades por encima de la legalmente establecida, en base a las circunstancias del caso y las dificultades y retrasos en el cobro de los salarios, siendo de igual manera, una compensación por la pérdida del puesto de trabajo. Para aquellos trabajadores que no lleguen al tope se aplicará un incremento del 10% sobre la indemnización base de 20 días por año trabajado para un máximo de 12 mensualidades.
Plan de acompañamiento social: se compromete la empresa a la posible recolocación y preferencia de los ex-trabajadores para la campaña y también para el resto de la temporada de trabajo durante un periodo de 5 años.
El referido detalle con las listas de trabajadores afectados se consigna en el documento unido como Anexo 1, elaborado por la empresa con los criterios objetivos y de producción".
Acordando, asimismo, instar ante el Juzgado de lo Mercantil N° 1 de Palencia la aprobación del expediente de extinción de relaciones laborales respecto de 29 contratos de trabajo en Productora de Chocolates S.L.
Por parte de la Oficina Territorial de Trabajo de Palencia se emitió el 10-1-2012 informe favorable al acuerdo alcanzado.
El 19 de enero de 2012 se dictó auto por el Juzgado de 1a Instancia e Instrucción N° 1 de Palencia con competencia en materia mercantil, dentro del procedimiento de concurso n° 252/2011, en cuya parte dispositiva se establecía, entre otros extremos, lo siguiente:
"Se autorizan las medidas colectivas en las relaciones laborales que mantienen los concursados Mitelman S.L. y Productora de Chocolates S.L. con sus trabajadores que han sido acordadas entre la administración concursal y los trabajadores y que han quedado reseñadas en los hechos probados de esta resolución.
En el listado de trabajadores afectados por la extinción con una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 13.5 mensualidades y por parte de Productora de Chocolates S.L. se encontraba DON Indalecio, en relación con el cual el auto recogía lo siguiente:
-Empleado: Indalecio DNI: NUM000
-Antigüedad: 11/09/1975
-Bruto anual: 24.628,5
-20 días año: 1.349,5068
-Meses: 437
-Indemnización: 49.144,5411
-Tope 13,5 mensualidades: 27.707,06
Por la Administración Concursal de PRODUCTORA DE CHOCOLATES S.L. se emitió a favor de Da. Yolanda el Certificado de inclusión de créditos contra la masa que obra al folio 528 de los autos, cuyo contenido se da por reproducido, y en el que se refleja a su favor una indemnización por despido por importe de 27.707,06 euros.
Da. Yolanda presentó ante el Fondo de Garantía Salarial solicitud de prestaciones, reconociendo dicho organismo a la demandante, por resolución de 21/03/2012, la cantidad de 24.630,20 euros.
Mediante escritura publica otorgada ante notario el 22 de marzo de 2013, se constituyó la sociedad mercantil demandada Europraliné S.L., fijando su domicilio social en San Isidro de Dueñas -DueñasPalencia, Autovía A-620, Km 90, teniendo como objeto social "la fabricación, el comercio y la distribución de productos manufacturados y semifacturados del sector del cacao y chocolates y otros productos afines tanto nacionales como extranjeros".
Por parte de la Administración Concursal de las Sociedades Bookfield Promociones 21 S.L., Soluciones Comerciales Trapa S.L., Productora de Chocolates S.L. y Mitelman S.L. se propuso ante el Juzgado de la instancia n° 1 de Palencia la liquidación de los bienes y derechos de las citadas mercantiles, plan de liquidación que en su pagina 15, establecía:
"e) Efectos de la transmisión de los bienes y derechos realizados formando parte de la Unidad de Negocio de Trapa. En este sentido las ofertas vienen condicionadas con una serie de propuestas entre las que se establece el dictado de resolución judicial por el cual se libere al adquirente y en su caso, sucesor en el negocio de "Chocolates Trapa" de cualquier tipo de responsabilidad frente a acreedores de cualquier tipo cuyos créditos se haya generado con anterioridad a la adquisición; la misma será refrendada por el Juzgado con la cesión de uso de las marcas y sin que concurra sucesión alguna de tipo laboral, fiscal, mercantil o de otra índole cualquiera. Así las cosas, el adquirente no se subrogará en las obligaciones tributarias conforme a lo dispuesto en el Art. 42.1 c de la LGT ni en los créditos concursales de naturaleza laboral, ni en los constituidos por las concursadas con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Consiguientemente por ello, la vente de la Unidad de Negocio autorizada, dará lugar:
...b) Y no impondrá la subrogación de la compradora de los salarios e indemnizaciones pendientes de pago, de conformidad con los dispuesto en el Art. 149.2 de la LC, y Art. 33 del Estatuto de los Trabajadores, aplicable...
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