SAP Burgos 391/2016, 25 de Noviembre de 2016

PonenteMARIA DOLORES FRESCO RODRIGUEZ
ECLIES:APBU:2016:929
Número de Recurso15/2016
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución391/2016
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1BURGOS

ROLLO DE SALA NÚM. 15/16.

DILIGENCIAS PREVIAS NÚM. 724/09.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE VILLARCAYO (BURGOS).

ILMO/A. SRS/A. MAGISTRADOS/A:

D. FRANCISCO MANUEL MARIN IBAÑEZ.

D. LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN. Dª Mª DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ.

S E N T E N C I A NUM.00391/2016

En Burgos, a veinticinco de Noviembre de dos mil dieciséis.

Vista, ante esta Audiencia Provincial, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de los de Villarcayo (Burgos), seguida por DELITO DE ESTAFA y FALSEDAD DOCUMENTAL subsidiariamente por un DELITO DE APROPIACION INDEBIDA, contra los acusados Geronimo con DNI NUM000, natural de Burgos, nacido el NUM001 de 1955, hijo de Marino y de Nicolasa, con domicilio en DIRECCION000 nº NUM002 de Cigüenza (Villarcayo) sin antecedentes penales, en libertad por esta causa, cuya declaración de insolvencia consta en autos, Teofilo, con DNI NUM003 nacido el NUM004 -1967 en Balmaseda, hijo de Justino y Ascension con domicilio en DIRECCION001 nº NUM005, Cigüenza Villarcayo, sin antecedentes penales, en libertad por esta causa y cuya declaración de insolvencia consta en autos, representados por la Procuradora Doña María Eugenia Antuñano Iglesias y defendidos por el Letrado Dº Felipe Villanueva López, PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L representada por la Procuradora Doña María Eugenia Antuñano Iglesias y defendida por el letrado D. Felipe Villanueva López, como responsable civil directo, siendo partes acusadoras El Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, y como Acusación Particular Bernabe representado por la Procuradora Doña Margarita Robles Santos y asistido por el Letrado Sr. Zabalbeitia ; siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las Diligencias Previas nº 794/2009 del Juzgado de Instrucción nº2 de los de Villarcayo

(Burgos) está acusado Geronimo y Teofilo y tramitada la causa conforme a ley, se remitieron a esta Audiencia para su enjuiciamiento, señalándose día y hora para la celebración del correspondiente Juicio Oral, siendo el día 16 de Noviembre de 2.016.

SEGUNDO

Los hechos enjuiciados han sido calificados por el Ministerio Fiscal, en sus calificaciones definitivas en relación con las provisionales, como constitutivos de un delito de estafa del art. 248, 249 y 250

1.1º del Código Penal y subsidiariamente como constitutivos de un delito continuado de apropiación del art. 252 en relación con el artículo 250.1.1º del Código Penal considerando penalmente responsable en concepto de autores a los acusados Geronimo, Teofilo, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición de la pena de tres años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como la pena de nueve meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros, con la subsiguiente responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa que resulten impagadas, así como la imposición de las costas.

Igualmente, por el Ministerio Fiscal se interesa que la mercantil "PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES" conjunta y solidariamente con los dos acusados deberán resarcir al matrimonio formado por parte de Bernabe en el importe de 26.664 euros, siendo tal el importe al que ascienden las cantidades que se abonaron por su parte a la referida sociedad en concepto de pagos a cuenta del precio final de la vivienda, cantidad a la que se deberá de aplicar el interés legal correspondiente, de conformidad con el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO

Por la Acusación Particular se calificaron los hechos como constitutivos de un delito de estafa del artículo 250. 1. 1 º, 4 º y 5 º Y 6º del Código Penal y 251.1º subsidiariamente como constitutivos de un delito de apropiación indebida del artículo 252 del Código Penal, e igualmente constitutivos de un delito de falsedad del artículo 392 en relación con el artículo 390.1.3º de dicho texto legal, solicitando por el delito de estafa la imposición de la pena de cuatro años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como la pena de doce meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros, con la subsiguiente responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa que resulten impagadas: por el delito de falsificación la pena de 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa durante seis meses con cuota de 10 euros, así como la imposición de las costas.

Igualmente, por la acusación particular se solicita que los acusados conjunta y solidariamente indemnicen a Bernabe en el importe de e 26.664 euros.

CUARTO

La defensa, en igual trámite de calificación definitiva, consideró que no existe delito, solicitando la libre absolución de los acusados.

  1. HECHOS PROBADOS.

Se considera expresamente probado y así se declara que la mercantil PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L se constituyó mediante escritura notarial el día dos de Febrero de 2006, teniendo por objeto social la promoción de viviendas de toda clase, adquisición de terrenos, urbanización y parcelación de los mismos, adquisición por cualquier título de bienes muebles e inmuebles, la venta de los mismos, arrendamiento y cesión así como la permuta de los expresados bienes y la ejecución de obras de cualquier clase tanto para particulares, como para cualesquiera entidades u organismos, constituyéndose dicha sociedad por Geronimo

, Matías, Teofilo, Secundino y Luis Carlos .

A través de dicha sociedad los acusados Geronimo y Teofilo decidieron emprender la ejecución de veinticuatro viviendas unifamiliares en la pedanía de Bocos-Villarcayo (Burgos).

Para desarrollar dicha actuación PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L, con fecha 22 de Junio de 2006, suscribió con la mercantil ALFE PROMOCIONES 2002 S.L un contrato de permuta, celebrándose dicho contrato entre Balbino en nombre y representación de ALFE PROMOCIONES 2002 S.L y de otra parte Teofilo y Geronimo en nombre de PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L, y en virtud de dicho contrato ALFE PROMOCIONES 2002 S.L transmite en permuta a la mercantil PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES

S.L la finca parcela de terreno en la localidad de Bocos-Villarcayo, e inscrita en el registro de la propiedad de Villarcayo, tomo NUM006, libro NUM007, folio NUM008, finca número NUM009, inscripción 2ª para que sobre ella dicha sociedad construya 24 viviendas unifamiliares según Proyecto de Ejecución redactado por Arquitecto Superior, obligándose la mercantil PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L a aceptar el pago de los honorarios de los proyectos tanto de reparcelación y urbanización como de ejecución de las viviendas, así como los costes ocasionados por la dirección de la obra, a ejecutar la urbanización y construir a su costa 24 viviendas unifamiliares y entregar y transmitir a PROMOCIONES ALFE 2002 S.L cinco viviendas (las de las parcelas NUM010, NUM011, NUM012, NUM013, NUM014 ).

En dicho contrato se establecía que la escritura pública de permuta para inscribir en el Registro de la Propiedad a favor del mercantil PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L se otorgará una vez entregado el correspondiente aval bancario que precisa la entidad mercantil ALFE PROMCIONES 2002 por la cantidad de 600.000 euros. Asimismo, en dicho contrato se hacía constar "en dicha escritura se reflejarán detalladamente los inmuebles que ALFE PROMOCIONES 2002 S.L haya de recibir como contraprestación por el solar, quedando garantizada la entrega de los repetidos inmuebles mediante condición resolutoria expresa que afectará a todos los inmuebles resultantes de la edificación de tal modo que si PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L incumpliera cualquiera de las obligaciones contraídas mediante el presente contrato, en cuyo caso volverá el solar a su propiedad, perdiendo PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L las obras e inversiones efectuadas en la finca hasta ese momento que hará suyas ALFE PROMOCIONES 2002 S.L en concepto de cláusula penal y como indemnización de los daños y perjuicios causados.

PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES tomó posesión de la finca.

El contrato de permuta no llegó a elevarse a escritura pública.

Una vez celebrado dicho contrato y tomada posesión de la finca, con fecha 30 de Septiembre de 2006, los acusados Geronimo y Teofilo, como administradores mancomunados de la mercantil PROMOCIONES ALFOZ MERINDADES S.L, celebraron contrato de compraventa con Bernabe en relación con la vivienda unifamiliar parcela 14, fijándose un precio de compraventa total de ciento veintiséis mil doscientos doce con cincuenta y cuatro euros (126.212,54€) más el 7% de IVA ocho mil ochocientos treinta y cuatro con ochenta y ocho euros (8.834,88 €) que hacen un total de ciento treinta y cinco mil cuarenta y siete con cuarenta y dos euros (135.047,42€), fijándose como forma de pago: 1) doce mil euros (12.000€) más su IVA correspondiente al 7% es decir, ochocientos cuarenta euros (840€) que suman un total de doce mil ochocientos cuarenta euros (12.840€) se entregan a la firma de este documento en concepto de parte del precio. 2) doce mil euros

(12.000€) más su IVA correspondiente al 7% es decir ochocientos cuarenta euros (840€) que suman un total de doce mil ochocientos cuarenta euros (12.840€) a la realización de la estructura cubierta. 3) el resto ciento dos mil doscientos doce con cincuenta y cuatro euros (102.212,54€) más su IVA correspondiente al 7%, es decir, 7.154,88€) que suman un total de ciento nueve mil trescientos sesenta y siete con cuarenta y dos euros (109.367,42€) se hará efectivo en el momento de entrega de las llaves de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR