SAP Barcelona 100/2016, 24 de Febrero de 2016

PonenteSERGIO FERNANDEZ IGLESIAS
ECLIES:APB:2016:4186
Número de Recurso391/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución100/2016
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CUARTA

ROLLO Nº 391/2015-P

Procedencia: Juicio Ordinario sobre vicios en la construcción nº 1845/2009 del Juzgado Primera Instancia 1 Granollers (ant.CI-1)

S E N T E N C I A Nº100/2016

Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as:

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. MARTA DOLORES DEL VALLE GARCÍA

D. SERGIO FERNÁNDEZ IGLESIAS

En la ciudad de Barcelona, a 24 de febrero de 2016

VISTOS en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre vicios en la construcción nº 1845/2009, seguidos ante el Juzgado Primera Instancia 1 Granollers (ant.CI-1), a instancia de D. Mario, Dª Crescencia, D. Pio y Dª Eugenia

, contra D. Saturnino y D. Victoriano, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mencionados autos el día 19 de diciembre de 2014.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

PRIMERO

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por D. Mario, DÑA. Eugenia, D. Pio Y DÑA. Crescencia, contra D. Saturnino y D. Victoriano y, en consecuencia, absolver estos demandados respecto de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda. Todo ello con expresa imposición de las costas de esta demanda a la actora.

SEGUNDO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por D. Pio Y DÑA. Crescencia y, en consecuencia, condenar solidariamente a los demandados; NECFOR INMOHOME, S.L. y OBRAS Y REFORMAS MARTÍ JULIA 2003, S.L., a la realización, en el plazo de un mes, de las siguientes obligaciones de hacer no personalísimo para la reparación de los vicios constructivos existentes en la vivienda sita en el nº NUM000 del PASSEIG000 de Caldes de Montbui:

De las enumeradas en el cuadro 1 de la pericial aportada por la actora:

  1. -Incidencia 6ª: Rejas de lamas valla exterior acabado no válido. La solucióna aplicar será la propuesta por el perito de la demandante. 2.- Incidencia 9ª: Falta de protección caja empalme en cerca perimetral. Sin embargo, no se estima que la solución al problema pase por realizar un desplazamiento de la caja en sí sino que bastará con que se adopten medidas de aislamiento o impermeabilización que garanticen las estanqueidad de la caja.

    De las enumeradas en el cuadro 2 de la pericial aportada por la actora:

  2. - Incidencia 20ª: Caída revestimiento Fachada. No obstante lo anterior, no puede acogerse la solución constructiva propuesta por el perito de la actora sino que debe procederse, únicamente, a la recolocación de aquellas piezas que se hayan caído.

  3. - Incidencia 22ª: Fisuras fachada. No obstante lo anterior, no puede acogerse la solución constructiva propuesta por el perito de la actora sino que debe procederse, como manifiesta el perito de la demandada, a la reparación de las concretas fisuras y al correspondiente pintado de los paramentos afectados.

  4. - Incidencia 24ª: Falta sellado cajas persianas. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

  5. - Incidencia 27ª: Instalación antena TV incorrecta. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

    De las enumeradas en el cuadro 3 de la pericial aportada por la actora:

  6. - Incidencia 31ª: Enchufes varios sin tensión. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

  7. - Incidencia 32ª: Defecto campana extractora. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

  8. - Incidencia 35ª y 36ª Llaves paso y de corte agua se mueven. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

  9. - Incidencia 36ª: Inodoro pierde agua. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

    De las enumeradas en el cuadro 4 de la pericial aportada por la actora:

  10. - Incidencia 45ª, 46ª, 47ª, 48ª y 49ª: Fisuras en paredes interiores; Humedades en zonas bajas de interior vivienda; Humedades en aparcamiento; Humedad en el suelo; y Tapetas de madera sin encolar. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

    No ha lugar a la imposición de las costas de esta demanda a ninguna de las partes.

TERCERO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por D. Mario Y DÑA. Eugenia y, en consecuencia, condenar solidariamente a los demandados; NECFOR INMOHOME, S.L., a la realización, en el plazo de seis meses, de las siguientes obligaciones de hacer no personalísimo en relación a la vivienda sita en el nº NUM001 del PASSEIG000 de Caldes de Montbui

  1. - A la realización, a su costa, de cuantas obras, así como a la confección y tramitación de cuanta documentación fuese precisa para la obtención de la licencia de primera ocupación de la vivienda de estos actores.

  2. - A la realización, a su costa, de cuantas obras, así como a la confección y tramitación de cuanta documentación fuese precisa para la obtención de la licencia de vado de garaje de las vivienda de estos actores.

  3. - A elaborar y entregar el Libro del edificio de las viviendas de los actores, así como a entregar a estos actores los boletines de instalaciones de electricidad y aguas, y certificados de instalación de telecomunicaciones, con su certificado de Garantía.

  4. - A ejecutar en la vivienda las obras las siguientes (de las incluidas en el informe pericial de la parte actora):

  5. - Incidencia 3ª: Acabado superficial de las paredes cierre con calle.

  6. - Incidencia 4ª: Remate superior de pared a calle no apto.

  7. - Incidencia 10ª: Inexistencia de Goterón perimetral y Zócalo en Pavimento Perimetral.

  8. - Incidencia 11ª: Acabado incorrecto en escalones zona exterior. 5.- Incidencia 15ª: Tubos PVC descubiertos.

  9. - Incidencia 18ª: Falta de cierre con valla en varias partes de la finca.

  10. - Incidencia 20ª: Falta iluminación acceso vivienda.

  11. - Incidencia 22ª: terrazas sin acabado fino.

  12. - Incidencia 32ª: Inexistencia de toma de televisión en cocina.

  13. - Incidencias 35ªy 36ª: Ventanas no concuerdan con las proyectadas.

  14. - Incidencia 37ª: Las calidades del Cristal no concuerdan con proyecto.

En relación a todas estas partidas, habrán de aplicarse las soluciones constructivas expresadas por el perito de la parte actora.

Todo ello sin expresa de imposición delas costas procesales de esta demanda a ninguna de las partes.

CUARTO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por D. Mario Y DÑA. Eugenia y, en consecuencia, condenar solidariamente a los demandados; NECFOR INMOHOME, S.L. y OBRAS Y REFORMAS MARTÍ JULIA 2003, S.L., a la realización, en el plazo de un mes, de las siguientes obligaciones de hacer no personalísimo para la reparación de los vicios constructivos existentes en la vivienda sita en el nº NUM001 del PASSEIG000 de Caldes de Montbui:

De las enumeradas en el cuadro 1 de la pericial aportada por la actora:

  1. - Incidencias 6ª 14ª: Rejas de lamas valla exterior acabado no válido. La solución a aplicar será la identificada por el perito de la actora.

    De las enumeradas en el cuadro 2 de la pericial aportada por la actora:

  2. - Incidencia 21ª: Acceso a aparcamiento con piezas rotas. No obstante lo anterior, no puede acogerse la solución constructiva propuesta por el perito de la actora sino que debe procederse, únicamente, a la recolocación de aquellas piezas que se hayan caído.

  3. - Incidencia 23ª y 24ª: Fisuras fachada y aleros. No obstante lo anterior, no puede acogerse la solución constructiva propuesta por el perito de la actora sino que debe procederse, como manifiesta el perito de la demandada, a la reparación de las concretas fisuras y al correspondiente pintado de los paramentos afectados.

  4. - Incidencia 26ª: Caída revestimiento Fachada. No obstante lo anterior, no puede acogerse la solución constructiva propuesta por el perito de la actora sino que debe procederse, únicamente, a la recolocación de aquellas piezas que se hayan.

    De las enumeradas en el cuadro 3 de la pericial aportada por la actora:

  5. - Incidencia 30ª Llaves paso agua se mueven. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

  6. - Incidencia 33ª: Luces de vestíbulo no funcionan. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

  7. - Incidencia 39ª, 40ª y 42ª: Fisuras en paredes interiores; Humedades en interior vivienda y Tapetas de madera sin encolar. La solución constructiva debe ser la administrada por el perito de la actora.

    Todo ello sin expresa imposición de las costas de esta demanda a ninguna de las partes.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, del que se dio traslado a la contraria, que se opuso al mismo. Seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 16 de febrero de 2016.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. SERGIO FERNÁNDEZ IGLESIAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento de las partes. I.- Los demandantes, don Mario, Dª Eugenia, D. Pio y doña Crescencia formularon demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción de reparación de vicios constructivos y demás pedimentos relativos a dos casas sitas en los números NUM001 y NUM000 del PASSEIG000 de Caldes de Montbui contra NECFOR INMOHOME, SLU, promotora y vendedora de las dos casas, don Saturnino y don Victoriano, arquitectos superiores de la obra, actuando el primero, Sr. Saturnino, según se rectificó en la fase intermedia procesal,...

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